Judicatura descabezada: la Corte Nacional enviará terna para nombrar a su ‘supervisor’

Terna. Iván Saquicela, presidente del Consejo Nacional Electoral dijo que enviará una lista con los nombres de sus delegados a dirigir la Judicatura.
Terna. Iván Saquicela, presidente del Consejo Nacional Electoral dijo que enviará una lista con los nombres de sus delegados a dirigir la Judicatura.

El Código Orgánico de la Función Judicial indica que el delegado del Consejo de la Judicatura deberá dirigir el organismo que controla administrativamente a los jueces

En el Consejo de la Judicatura (CJ) hay preocupación. Los trabajadores del organismo conversaban en los pasillos sobre quién dirigirá la institución tras la renuncia de María del Carmen Maldonado a la Presidencia. Las dudas se dan en medio de una pugna para conocer si su suplente, Álvaro Román, se queda con el cargo o el sucesor se elegirá de una terna que envíe la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

El sillón principal está vacante y la oficina de la Presidencia permaneció cerrada este jueves 3 de febrero de 2022. Solo el director de la institución, Santiago Peñaherrera, se encargaba de los asuntos administrativos y operativos. Pero otras actividades están paralizadas, por ejemplo, la convocatoria a reuniones del Pleno para analizar quejas contra jueces, fiscales o abogados. Tampoco se pueden despachar informes, peticiones, oficios o comunicaciones oficiales.

Esas actividades recaen específicamente en quien ocupe la titularidad de la Judicatura. Un cargo que entró en una pugna político-legal.

¿Quiénes pueden ser presidentes?

El Consejo de la Judicatura se integra por cinco delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por los titulares de la CNJ (su representante presidirá el CJ); Fiscalía, Defensoría Pública, Presidencia y por la Asamblea Nacional.

Los vocales serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio, indica la Constitución en el Art. 179.

Tres requisitos para ser consejero

1.- Ser ecuatoriano y estar en goce de los derechos de participación política;

2.- Tener título de abogado reconocido en el país;

  1. Haber ejercido la profesión ya se como docente universitario, abogado, la judicatura, o el servicio judicial, por un lapso mínimo de diez años.

Entre bomberos no se pisan la manguera

El 13 de julio de 2011 se reformó el Art. 258 del Código de la Función Legislativa. Así se estableció explícitamente que, el delegado del presidente de la CNJ debe presidir el Consejo de la Judicatura, un organismo que precisamente ejerce control administrativo sobre los jueces.

El constitucionalista Ismael Quintana califica como “excesivo” que se ordene directamente quién presidirá el organismo. A su criterio, la titularidad de la Judicatura debe quedar a decisión de los vocales del Pleno.

Otro abogado, el constitucionalista Hernán Peralta, está de acuerdo. Señaló que actualmente, se puede concluir que hay una “contraposición de intereses” porque la terna que envíe el presidente de la Corte tendrá necesariamente amigos o personas de su confianza. “¿Qué tan independiente va a ser el Presidente de la Judicatura cuando tenga que controlar la conducta de quienes lo pusieron en el cargo?”, cuestionó.

Renuncia. María del Carmen Maldonado decidió apartarse del cargo tras una resolución de la Corte Constitucional de limitar procesos de suspensión contra jueces.
Renuncia. María del Carmen Maldonado decidió apartarse del cargo tras una resolución de la Corte Constitucional de limitar procesos de suspensión contra jueces.

 Jueces casi se hacen con la Judicatura

En 2018, María Rosa Merchán Larrea era jueza nacional. Ese año fue parte de la terna de la CNJ al Consejo de la Judicatura; mientras que Julio Arrieta presidía la Corte Provincial de Pichincha. Para evitar conflicto de intereses, Quintana cree que los nuevos nombres de una terna deben ser lejanos a esas cortes. Ambos fueron impugnados y no pudieron ganar la designación.

 Una decisión del pasado genera problemas en el presente

 Una mina que se sembró en 2019 estalla tres años después. El entonces Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (Cpccs-t) dio de baja a dos de los tres nombres que envió, la entonces presidenta de la CNJ, Paulina Aguirre, para integrar y presidir la Judicatura.

Por un proceso de descarte se eligió a la última de la lista: María del Carmen Maldonado. Pero, a esas alturas, ya no existían más delegados de la Corte para designar a su suplente. En una jugada que ahora se califica como “cuestionable”, el Cpccs-T puso al doctor Álvaro Román en ese puesto, a pesar de que él pertenecía a la terna de la Fiscalía. Entonces, abogados como Fausto Estupiñán, constitucionalista, ya alertaban de un problema: ¿qué sucedería si Maldonado debía renunciar al cargo?

En 2022, ese mal presagio se cumplió. Maldonado salió de la Presidencia el miércoles 2 de febrero y se abrió una pugna. Román, como su reemplazo, está a la espera de asumir la Presidencia. Estupiñán señaló que las decisiones del Cpccs-T fueron blindadas mediante una resolución de la Corte Constitucional y ese es el camino a seguir.

 La Constitución exige que el Presidente del CJ sea delegado de la Corte

Por su parte, Quintana considera que las leyes y la Constitución son claras. “El presidente del Consejo de la Judicatura debe ser uno de los delegados de la Corte Nacional”. Explicó que el actual Consejo de Participación debe requerir el envío de una terna para elegir al sucesor de Maldonado. Entonces, Álvaro Román ejercería la suplencia de ese cargo al que nunca podrá acceder porque es delegado de la Fiscalía. “Así no se incumple ni con la Constitución, ni con las decisiones del transitorio”.

De hecho, el presidente de la CNJ, Iván Saquicela, ya se adelantó y en rueda de prensa, minutos después de conocerse la renuncia de Maldonado, dijo que enviará un listado con los nombres de sus delegados. Al momento, se desconoce el perfil que tendrán los profesionales del derecho. Todo esto se da en medio de un anuncio del Ejecutivo para reformar la Justicia y en el que uno de los puntos es limitar las funciones de la Judicatura.