Ley de papel

Bayron Sandoya Valdiviezo

La Ley Orgánica de Discapacidades tiene por objeto asegurar la prevención, detección oportuna de la discapacidad y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos establecidos en la Constitución de la República.

Desde la Asamblea se expiden leyes, se supone que éstas deben aterrizar en la comunidad sin ninguna dificultad, ya en el territorio la realidad es que las personas con discapacidad sienten que sus derechos son vulnerados a diario, por el incumplimiento en todos sus aspectos, en educación, en salud, calificación de las discapacidades, en lo laboral, temas de accesibilidad, etc.

Analicemos el aspecto educativo, infraestructura no accesible, sobrepoblación de alumnos, pocas herramientas técnicas y tecnológicas, adecuaciones curriculares deficientes, modelos educativos inclusivos generales es necesario modelos educativos específicos, ejemplo para las personas con discapacidades múltiples y para aquellas que por su condición no podrían ser incluidos en el sistema educativo.

En el nivel educativo superior la realidad es similar, las universidades e institutos de educación superior no ofertan todas sus carreras.

La autoridad educativa nacional debe garantizar la educación. En la provincia Tsáchila existe una sola unidad de educación especial y está en el cantón La Concordia, se llama Enrique Bartolucci.

En el cantón Santo Domingo NO existe ni una sola unidad de educación especial fiscal, hay una fiscomisional la unidad de educación especial ‘Fe y Alegría’.

¿En la provincia Tsáchila quién responde? ¿qué organismo se podrá poner al frente y exigir el cumplimento de la ley?, Eso nos preguntamos todos.

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