La CNJ con el tiempo en contra para designar nuevo presidente; todavía hay posiciones antagónicas

Iván Saquicela
Iván Saquicela

En la CNJ se trata de buscar consensos a contrarreloj, pero todavía hay posiciones opuestas. Jueces afines a Saquicela presionan por la prórroga y que se aplique el artículo 133 del Código de la Función Judicial.

En la Corte Nacional de Justicia (CNJ) están con el tiempo en contra para designar al nuevo presidente de ese tribunal. En una sesión fallida de la CNJ del 26 de enero de 2024, Iván Saquicela y Daniella Camacho; los candidatos favoritos para presidir la CNJ no lograron sumar los 12 votos necesarios.

Saquicela consiguió 9 apoyos y Camacho 6, pero ahora están a la espera que la presidenta subrogante, Katherine Muñoz, reinstale la sesión para destrabar la votación.

El 18 de enero, la CNJ resolvió que la designación del nuevo presidente se debería producir entre el 26 de enero y el 2 de febrero de 2024.

Si hasta esa fecha los 15 jueces nacionales no logran elegir a la nueva autoridad se activaría el artículo 133 de la Ley Orgánica de la Función Judicial (LOFJ), que habilitaría a Saquicela a prorrogarse en funciones.

El artículo 133 de la norma, que habla de la “Prórroga en funciones”, señala que “los jueces y conjueces, aunque hubiesen cesado en el puesto, continuarán desempeñándolo hasta ser legalmente reemplazados, salvo los casos expresamente señalados por la ley”.

Según el constitucionalista Xavier Palacios, esta norma sí aplica para los jueces de la CNJ “porque los únicos jueces que ejercen por períodos son los jueces nacionales”.

Explicó que, los casos “expresamente” señalados en la ley a los que se refiere el artículo 133 tienen que ver con el cese en funciones por remoción, destitución y muerte del funcionario. Solo en estos casos no existe prórroga de funciones, aclaró.

La remoción en el cargo se puede dar por no haber superado una evaluación, como lo estipula el artículo 122 del COFJ.  “Quien no supere la evaluación no puede ejercer el cargo; y la destitución, por ser sanción disciplinaria tampoco permite la prórroga  en funciones”.

Lo que sí aclara el constitucionalista es que los jueces prorrogados no pueden votar para elegir presidente. Solo los jueces titulares de la CNJ tienen esa facultad.

 Otra visión

Fuentes de la CNJ, en cambio, dicen que el artículo 133 de la Ley aplica para temas jurisdiccionales y no administrativos (el caso de Saquicela), y que la prórroga no es facultad de la CNJ, sino del Pleno del Consejo de la Judicatura. Las fuentes consultadas  también aseguran que el periodo de Saquicela concluyó el 26 de enero, cuando se candidatizó para la reelección.

Pese a esto, el 29 de enero se difundió en el chat de prensa de la CNJ  un documento con la acción de personal que señala que la gestión de tres años de Iván Saquicela culminará el 5 de febrero de 2024 “y en prórroga hasta ser legalmente reemplazado” (hasta que el Pleno se conforme con 21 jueces tras un concurso de méritos y oposición que deberá organizar la Judicatura).

Saquicela defendió la posibilidad de la prórroga por los “amplios” precedentes que existen en otras instituciones como el Consejo Nacional Electoral o la Procuraduría.

 “Ahora lo estoy diciendo, porque los ecuatorianos; no yo;  no se puede permitir que se atropellen derechos, pero antes de que suceda esa controversia lleguemos a un consenso; yo tuve 9 votos, tres veces (en la sesión del 26 de enero”, recordó  Saquicela.

Detrás de la intención de la prórroga también estaría mantener en funciones a los jueces Byron Guillén, Luis Rivera, Fabián Racines y Walter Macías, que deberán culminar su periodo el 3 de febrero.

Daniella Camacho
Daniella Camacho

Designación en ‘emergencia’

Este lunes, el CJ declaró en emergencia el proceso de designación de conjueces temporales que reemplazarán a los cuatro jueces nacionales que culminan funciones.

El juez Walter Macías dijo que el CJ desatiende el mandato legal alrededor del 133 del COFJ y pidió que se reflexione, porque la decisión de la Judicatura no tendría sustento jurídico.

“El presidente de la Judicatura dice que van a poner conjueces, pero la realidad jurídica es que terminado el periodo según el 133, habla de la prórroga de funciones (…) si se hace lo contrario se crearía inseguridad jurídica y se podría pensar que las resoluciones que adopten los jueces que provendrían de las cortes provinciales tendrían que ser observadas en un momento determinado, e inclusive acarrear responsabilidad política de los vocales de la Judicatura”, dijo Macías.

Xavier Palacios también opinó que el actual escenario no es el mismo de 2019 cuando sí hubo jueces de cortes provinciales que pasaron a ocupar cargos temporales en la CNJ. En ese año, se evaluó a la CNJ y se removieron a los jueces que no superaron la evaluación. (SC)

 Trámite de extradiciones

El constitucionalista Xavier Palacios exhortó a los jueces a deponer actitudes personales para que el Pleno elija un presidente, porque esta autoridad, además de funciones administrativas, cumple funciones jurisdiccionales y es el encargado de tramitar, por ejemplo, las extradiciones.

Señaló asimismo, que en el COFJ no existe norma expresa que disponga que el juez más antiguo o mejor puntuado pueda presidir la Corte de manera temporal hasta que se designe al principal.

La norma sobre el juez más antiguo existía en la anterior ley de la Función Judicial que se derogó en 2009. Pero, se mantuvo para jueces de cortes provinciales.

Macías también dijo que no existe cobertura legal para esa posibilidad. “Apoyaré las propuestas de la Corte que se encaminan a la seguridad jurídica, y lo que establece la ley, no lo que se pretenda inventar”, expresó.

Una de las tesis que también defiende la jueza Daniella Camacho es que, ahora, la presidencia de la CNJ le corresponde a una mujer. Pero, según el constitucionalista consultado, en la elección del presidente de la CNJ no existe norma que propenda a la paridad de género.

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