Ecuador espera pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre el juicio al Presidente de la República

DECISIÓN. Nueve jueces de la Corte Constitucional tienen en sus manos el futuro del presidente Guillermo Lasso.
DECISIÓN. Nueve jueces de la Corte Constitucional tienen en sus manos el futuro del presidente Guillermo Lasso.

Los jueces ponentes Richard Ortiz y Ali Lozada, entregaron un borrador de dictamen previo de admisibilidad a la secretaría general de la CC. Se espera la convocatoria a una sesión del Pleno para la resolución.

Los jueces de la Corte Constitucional (CC) deliberan y aún discuten jurídicamente antes de emitir un pronunciamiento sobre la pertinencia de admitir o no a trámite la solicitud de juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso

A las 15:15 de este miércoles 29 de marzo, los jueces ponentes Richard Ortiz y Ali Lozada, entregaron un borrador de dictamen previo de admisibilidad a la secretaría general de la CC, y se espera el anuncio de la convocatoria a una sesión del Pleno para la resolución. Hasta las 19:00 de este miércoles, los jueces todavía no oficializaron su decisión.

Mientras tanto, en el ambiente político ronda el fantasma de la figura constitucional de la “muerte cruzada” o adelanto de elecciones.

Agustín Grijalva, exjuez constitucional, aclaró que la Constitución no establece condicionamientos en este tema.

Algunos sectores políticos en la Asamblea consideran que mientras el enjuiciamiento está en proceso, no cabe aplicar la “muerte cruzada”. “Pero eso no dice la Constitución”, aseguró el exmagistrado.

El artículo 148 de la Constitución señala que el Presidente de la República podrá disolver la Asamblea cuando, a su juicio, esta se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, o si de forma reiterada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política o conmoción interna.

Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años de su mandato (y mientras siga ejerciendo la primera magistratura del país).  El tercer año de mandato de Guillermo Lasso inicia a partir del 24 de mayo de 2024.

El siguiente procedimiento

En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos.

Hasta la instalación de la Asamblea, el Presidente podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

 Mesa de Fiscalización

De darse un dictamen favorable en la Corte, el expediente tiene que ser tramitado en la comisión de fiscalización de la Asamblea que tendrá que elaborar un nuevo informe incluyendo la presentación de nuevas pruebas. Según los votos que se obtengan en esta mesa legislativa,  puede recomendar o no al Pleno continuar con el juicio.

¿Si los jueces de la Corte no se pronuncian dentro del plazo (hasta este jueves 30 de marzo de 2023) se da por entendido que hubo una admisión? Agustín Grijalva explicó que para el caso de un juicio político no existe una norma expresa.

Por el contrario, mencionó que para los casos donde se requiere un pronunciamiento sobre la calificación de constitucionalidad de preguntas de una consulta popular, la legislación prevé el silencio administrativo o conocido como “dictamen ficto”.

Sin embargo, para Agustín  Grijalva, en el caso del juicio (un silencio administrativo) de la Corte generaría una incertidumbre y una situación muy confusa si se pasa del plazo. “Pero estoy casi seguro que no vamos a llegar a esta situación, esto no va a pasar, yo creo que este jueves tenemos una decisión, esta es una Corte seria, en estos cuatro años la Corte ha evitado este tipo de situaciones”, aseguró.

Juan Fernando Flores, jefe de la bancada oficialista, afirmó que en el caso de que la Corte admita la solicitud, como Gobierno demócrata “están preparados y listos para que el presidente de la República venga a la Asamblea y ejerza la defensa”. (SC)

El siguiente nivel: La comisión de fiscalización

En caso de que los jueces de la Corte emitan un dictamen negativo, el expediente volverá a la Asamblea para que su titular, Virgilio Saquicela, disponga el archivo. Pero, si el fallo es a favor,  también lo devolverá a la Asamblea, y Saquicela lo remitirá a la Comisión de Fiscalización para la sustanciación del juicio político al Presidente.

Esta mesa tiene un plazo de 30 días para presentar un informe que deberá recomendar o no el enjuiciamiento a Lasso.

De sugerirse un juicio, se otorgará diez días al Presidente para que ejerza su derecho a la defensa, otros diez días para la actuación de pruebas, y diez días adicionales para la elaboración del informe.

Con ese informe, Saquicela tiene hasta cinco días para convocar al Pleno para el enjuiciamiento. En esa sesión, los interpelantes tendrán dos horas para la acusación, y Lasso tres horas para defenderse; luego cada parte podrá ejercer su derecho a la réplica por una hora.

Luego iniciará el debate en el Pleno, donde podrán intervenir los 137 asambleístas por diez minutos. Para la aprobación de la moción de censura se requieren 92 votos.

Integrantes

Comisión de Fiscalización

Independientes

Fernando Villavicencio

Luis Segovia

Marco Troya

Ramiro Velasco

 UNES

Gabriela Molina

Comps Córdova

Roberto Cuero

CREO

Ana Belén Cordero

PSC

Pablo Muentes