Juez Walter Macías dicta prisión preventiva para vocal Maribel Barreno

Dispuso que se oficie al ministerio de Trabajo para que registre la inhabilidad  de cargo público por llamamiento a juicio a Barreno, Morillo y Jhayya.

Walter Macías, juez de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) acogió la solicitud de Diana Salazar, fiscal general del Estado (FGE) y dictó auto de llamamiento a  juicio en contra de Maribel Barreno y Juan José Morillo, vocales del Consejo de la Judicatura (CJ) y a Vladimir Jhayya, juez de la Corte de Pichincha, por considerar que existen elementos suficientes que hacen presumir la existencia del delito de tráfico de influencias.

El magistrado también aceptó el pedido de la Fiscal y sustituyó la medida cautelar de prohibición de salida del país por la prisión preventiva en contra de Barreno. En este caso, dispuso que se gire la boleta de localización y captura  dirigida a la Policía Nacional,  y una vez efectivizada se emita la boleta de encarcelamiento.

Macías justificó su decisión por considerar que su conducta podría configurar riesgo procesal o entorpecer la causa, y para asegurar su presencia en la audiencia de juicio.

En su resolución mantuvo, además, las medidas cautelares que pesan en contra de Morillo y Jhayya y ratificó su prohibición de salir del país.

El juez anunció esta decisión a las 00:59 del jueves 28 de septiembre de 2023, tras presidir una audiencia de evaluación y preparatoria de juicio que inició a las 08:30 del miércoles 27 de septiembre.

El delito de tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La normativa dice que “Los servidores públicos, y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, enumeradas en la Constitución, prevaliéndose de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica, ejerza influencia en otro servidor para obtener un acto o resolución que generare un beneficio económico o inmaterial favorable a sus intereses o de terceros, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.

El juez también dispuso que se oficie al ministerio de Trabajo para que registre la inhabilidad por auto de llamamiento a juicio a Barreno, Morillo y Jhayya, y al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) como entidad nominadora de los vocales del CJ, y al director general de la Judicatura para que se elaboren las respectivas acciones de personal y se emita la resolución motivada respecto de la remoción de los funcionarios.

Adicionalmente, que se oficie al Contralor General del Estado (CGE) para que se sancione lo que corresponda en caso de incumplimiento del mandato.

En su dictamen, el magistrado dispuso medidas a favor de Wilson Toainga y Jefferson Anquieta, fiscales que también conocen el caso, y que están bajo el control disciplinario del Consejo de la Judicatura.

El caso forma parte de una investigación previa iniciada por la Fiscalía en junio de 2022 por una presunta infracción que se habría registrado en junio de 2021 cuando Guadalupe Llori, entonces presidenta de la Asamblea Nacional, presentó una acción de protección para evitar ser removida del cargo.

La reunión en la que se habría solicitado beneficiar a Llori con el recurso judicial fue grabada por una jueza de la Corte de Pichincha. (SC)

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