Hasta el 24 se paga décimo tercer sueldo

pago de décimo
PAGO. Todos los trabajadores en relación de dependencia (públicos y privados) tienen derecho a recibir de sus patronos, el décimo tercer sueldo.

El cálculo del décimo tercer sueldo comprende desde el 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.

El décimo tercer sueldo (décima tercera remuneración) o bono navideño, es un beneficio que reciben los trabajadores en Ecuador bajo relación de dependencia y corresponde a una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario.

El décimo tercer sueldo no se considera como parte de la remuneración anual para efectos del cálculo del impuesto a la renta; pago de aporte al IESS; determinación del fondo de reserva; determinación de la jubilación; pago de las indemnizaciones y vacaciones.

El periodo de cálculo del décimo tercer sueldo está comprendido desde el 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.

Hasta el 24

Los trabajadores que han laborado por un tiempo inferior al período de cálculo o que se desvinculan del empleador antes de la fecha de pago, tienen derecho a una parte proporcional del décimo tercer sueldo.

La base del cálculo para el pago del décimo tercer sueldo, es la siguiente: Remuneración básica + tiempos extras + comisiones + otras retribuciones accesorias permanentes, para cuyo cálculo se suman todas las remuneraciones recibidas por el trabajador durante el período de cálculo y se divide para 12.

En caso de que el trabajador no reciba ese beneficio mensualizado, tiene derecho a que se le pague hasta el 24 de diciembre del año en

curso (2021), la totalidad del décimo tercero; caso contrario recibirá el proporcional mensual correspondiente al mes de diciembre. (AAV)