Muerte por piedad

Rosalía Arteaga Serrano

Hay diversos nombres para calificar a la muerte por piedad o muerte asistida que se la ejecuta en situaciones específicas cuando hay voluntad de la persona enferma con dolencias y penas insufribles, cuando no hay cura; es decir, se cumplen ciertos requisitos. Se llama también ‘eutanasia’ y en inglés la traducción exacta es ‘mercy killing’.

Esta situación ha sido largamente debatida y lo seguirá siendo, en el mundo entero, con argumentos a favor y en contra, sobre todo relativas a la calificación de homicidio que implica penalidades en las leyes.

En el Ecuador, la Corte Constitucional, a petición de una persona, Paola Roldán, aquejada de una enfermedad cruel —en este caso la esclerosis lateral amiotrófica, más generalmente conocida como ELA—, que va acabando con las posibilidades de movilización y otras y que, además, causa intensos sufrimientos, decidió autorizar la eutanasia activa.

Es una sentencia histórica, el Ecuador sería el noveno país en el mundo en despenalizar la eutanasia y el tercero en América Latina, y se lo consigue luego de la lucha valiente desde el lecho del dolor realizada por Paola y su familia.

La polémica viene por la preocupación de hasta dónde van las libertades individuales respecto a la propia vida, hasta cuándo la persona está dispuesta a sufrir dolores inenarrables, a sentir como su organismo se deteriora y prácticamente no puede cumplir funciones vitales sin apoyo de máquinas y medicinas.

Las ciencias médicas han avanzado muchísimo. Las personas vivimos más y mejor, pero también es cierto que todavía existen muchas dolencias que no tienen cura y en las que los médicos y las drogas solo cumplen funciones paliativas.

Por supuesto juegan también en estos temas las consideraciones de conciencia, las religiosas y las culturales, además de las legales, pero también deberían ponerse sobre el tapete las condiciones humanitarias, la angustia de los familiares y la decisión de cada persona.