Mónica Benegas: “La rectificación debería ser una obligación del medio y la réplica un derecho del ciudadano”

Analista. Mónica Banegas considera que la propuesta de Ley de Libertad de Expresión debe ampliar sus articulados.
Analista. Mónica Banegas considera que la propuesta de Ley de Libertad de Expresión debe ampliar sus articulados.

Mónica Banegas,  directora de la Fundación Haciendo Ecuador y del Observatorio Nacional de la Participación Política de la Mujer, analiza la propuesta de Ley de Libertad de Expresión. Señala que es importante conservar la réplica y rectificación.

  • ¿Qué contenidos faltan en la propuesta de la Ley de Libertad de Expresión?

El punto central de la Ley de Comunicación vigente toma a la comunicación como servicio público, por eso la reguló de esa manera y ha sido criticada a nivel local e internacional. La base de la Ley de Libertad de Expresión, del presidente Guillermo Lasso, considera a la comunicación como un derecho para los ciudadanos y una obligación que tienen los medios de comunicación.

Lo que le falta a la propuesta es mantener el derecho a la réplica y rectificación, pero dentro de parámetros libres tanto del medio de comunicación como de la persona que la pida, sin un organismo estatal que regule e incluso sanciones este tipo de situaciones. Ahí se cumple la base de la ley que es la libertad y la autorregulación de los medios de comunicación.

  • ¿La autorregulación se puede convertir en un arma de doble filo para la libertad de expresión?

En este sentido se tienen que aplicar los códigos de ética del mismo medio. Esto se exigió hace muchos años. La mayoría de los sectores de la comunicación no estuvieron de acuerdo con la ley anterior porque era una especie de intromisión de la regulación pública en un ámbito que es privado.

Yo creo que les da bastante libertad a los medios de comunicación. Claro está que esto conlleva responsabilidad.

  • ¿Qué retos conlleva para los periodistas y medios de comunicación despenalizar la responsabilidad ulterior?

Lo que le convertía a la ley actual en una ley mordaza era la penalización de la responsabilidad ulterior. Haberlo quitado de la propuesta actual está bien. Claro está que debería conservarse ciertas sanciones administrativas a cargo del mismo medio. Las de índole civil deberían tener un procedimiento claro que tenga que ver con el pedido de rectificación o réplica. No creo que la vía debe ser de carácter económico y mucho menos de carácter penal.

  • El derecho a la réplica o respuesta está contemplado en el artículo 6 de la propuesta, pero ¿el término adecuado no debió ser el derecho a la rectificación?

La rectificación debería ser una obligación del medio y la réplica un derecho del ciudadano aludido. Las dos cosas son distintas. Podría haberse dividido en dos artículos distintos, por un lado, el derecho a la réplica, y por otro lado la obligación de rectificación.

El Estado no ejercerá un control sobre el trabajo periodístico y de comunicación, según la propuesta de ley, ¿qué más debe hacer el Estado para que esto no quede simplemente escrito en un papel?

Me parece necesario crear una entidad que proteja a los periodistas desde el ámbito privado que se encargue de la defensa del gremio de los periodistas.

  • La ley no menciona nada sobre la protección de periodistas, ¿cómo ejercer este trabajo si no hay un respaldo directo en la ley?

Debería desarrollarse en la propuesta mucho más el artículo 20 de la Constitución que habla de garantizar para los periodistas la cláusula de conciencia, el secreto profesional y el secreto de la fuente. Debería ser la oportunidad para que un ente privado ejerza la defensa y la protección de los periodistas en estos temas.

  • ¿Quién debería integrar el organismo privado de protección que menciona?

Por medios de comunicación comunitarios, públicos y privados.

  • En ley vigente se habla de los sistemas de comunicación, pero eso no se toma en cuenta en la nueva ley, que elimina el articulado del título III, ¿quién controlará, entre otros aspectos, franjas horarias, clasificación de contenidos o contenidos discriminatorios?

Algo rescatable de la ley anterior era que se podía tener una claridad en la clasificación de contenidos. Eso se debe seguir conservando para que los medios tengan la obligación de tener un espacio para programas educativos, tomando en consideración la inclusión de otras minorías y la interculturalidad.

  • En la propuesta no se toma en cuenta al Cordicom, creado tras la aprobación de la pregunta 9 de la Consulta Popular de 2011, ¿qué implicaciones tiene para la actual propuesta?

Lo que debe cumplirse es el mandato constitucional del 2008. Esto es la creación de una ley que reglamente la comunicación en el país. Si se mantienen el Cordicom debería especificarse para qué.

  • ¿Qué pasará con el concurso de frecuencias? Este tema tampoco se toma en consideración dentro de la propuesta de ley.

La ley debería hablar algo al respecto, pero ya existen otro tipo de normativas que hacen referencia a estos concursos de concesión de las frecuencias.

  • ¿Qué propuesta plantearán como organización Haciendo Ecuador para este articulado?

Estamos preparando un documento que al momento tiene tres recomendaciones: diferenciación entre derecho a la réplica y obligación de rectificación; mantener la división de los medios públicos y comunitarios; y, plantear la creación una organización de índole privado con finalidad social que ejerza protección a los periodistas, hacia sus medios y hacia los ciudadanos en general.

  • ¿Qué hacer para cuidar la libertad de expresión más allá de lo que establezca una normativa legal?

En la Constitución los artículos del 16 al 20 están bien desarrollados y hablan claramente que es un derecho ciudadano y una obligación. No tenemos censura previa, si responsabilidad ulterior, tanto si somos periodistas, medios de comunicación o ciudadanos. Esto nos debe ayudar a tener un mejor manejo. (AS)

La actual Ley de Comunicación está en vigencia desde el 25 de julio de 2013.