Recursos Hídricos

CONSEJO NACIONAL DE RECURSOS HIDRICOS
AGENCIA AMBATO
CITACION
A LOS USUARIOS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS QUE PROVIENEN DE LAS VERTIENTES CUSHIQUI-HUAYCO, UBICADAS EN LA PARROQUIA JUAN B. VELA, CANTON AMBATO, PROVINCIA DEL TUNGURAHUA.
EXTRACTO
PROCESO No. 3280-2005
ACTOR: Miguel Ángel Caizaguano, en calidad de procurador de los actores
OBJETO DE LA PETICION.- Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas que provienen de las vertientes Cushiqui-Huayco, en el caudal de 10 litros por segundo, aguas que serán utilizadas para servicio domestico, solicita también las servidumbres.- PROVIDENCIA.- CONSEJO NACIONAL DE RECURSOS HIDRICOS.- AGENCIA DE AMBATO.- Ambato, 25 de Octubre del 2005. Las 09H30.- VISTOS: AVOCO conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jefe de la Agencia de Ambato del CNRH, Encargado, en virtud de la Acción de Personal No. 4463 que rige a partir del 17 de Octubre del 2005. En lo principal, la solicitud de concesión de aguas de la Quebrada Chusquihuayco de la parroquia Juan B. Vela, presentada por Rene Salvador y otros, es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a su trámite. En consecuencia se dispone: 1.- A los usuarios conocidos así como también a los presuntos y desconocidos, cíteseles por la prensa de conformidad con el Art. 87 de la Ley de Aguas Codificada, con la solicitud y esta providencia, en uno de los Diarios El Heraldo o La Hora de Ambato que ese editan en esta Ciudad, por tres veces con intervalo de ocho días de plazo entre cada una de ellas; 3.Fíjense carteles durante treinta días en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia Juan B. Vela comisionándose la practica de esta diligencia al Señor Teniente Político de la indicada Parroquia; 3.- Oportunamente se designara Perito para que realice el estudio técnico. Téngase en cuenta la designación de procurador común que hacen los compareciente en la persona de Miguel Ángel Caizaguano, con quien se seguirá contando en lo posterior en el domicilio señalado. Los peticionarios en el termino de 30 días cumpla con lo dispuesto en el Art. 107 del Reglamento a la Ley de Aguas Codificado. Agréguese copias de la documentación adjunta.- CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Ing. Marcelo León Zapata, Jefe de la Agencia de Ambato del Consejo Nacional de Recursos Hídricos. Encargado.- Sigue la certificación.
Lo que comunico al publico para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles a los interesados de la obligación que tienen de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano de esta Agencia para posteriores notificaciones.
Lic. Salomón Núñez Medina
SECRETARIO
Firma Ilegible
Hay un sello
52402 * 9849


CONSEJO NACIONAL DE RECURSOS HIDRICOS
AGENCIA DE AMBATO
CITACION
A LOS USUARIOS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS QUE PROVIENE DE LA VERTIENTE CONOCIDA CON EL NOMBRE DE PUCARA, UBICADA EN LA PARROQUIA SAN JOSE DE POALO, CANTON PILLARO, PROVINCIA DEL TUNGURAHUA.
EXTRACTO
PROCESO Nº 3234-2005
ACTORES: Manuel María Saquinga Rodríguez y Juan Manuel Toapanta Alcaciega, en sus calidades de Presidente y procurador Síndico del Comité Pro Mejoras del barrio San José la Lindera.
OBJETO DE LA PETICION.- Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas que provienen de la vertiente denominada Pucará, en el caudal de 7 litros por segundo, aguas que serán utilizadas para uso doméstico y abrevadero de animales.- PROVIDENCIA.- CONSEJO NACIONAL DE RECURSOS HIDRICOS.- AGENCIA DE AMBATO.- Ambato, 2 de Septiembre del 2005. Las 09h20.- VISTOS: AVOCO conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jefe de la Agencia de Ambato del CNRH. En lo principal, la solicitud de concesión de aguas de la vertiente conocida con el nombre de Pucará, presentada por Manuel María Saquinga Rodríguez y Juan Manuel Toapanta Alcaciega, en sus calidades de Presidente y Procurador Síndico del comité Pro Mejoras del barrio San José La Lindera de la parroquia San Andrés, es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a su trámite. En consecuencia se dispone: 1.- A los usuarios conocidos así como también a los presuntos y desconocidos, cíteseles por la prensa de conformidad con el Art. 87 de la Ley de Aguas Codificada, con la solicitud y esta providencia, en uno de los Diarios El Heraldo o La Hora de Ambato que se editan en esta ciudad, por tres veces con intervalo de ocho días de plazo entre cada una de ellas; 3.- Fíjense carteles durante treinta días en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia San José de Poaló comisionándose la práctica de esta diligencia al señor Teniente Político de la indicada Parroquia; 4.- Oportunamente se designará Perito para que realice el estudio técnico. Se declara legitimada la personería de los comparecientes en mérito a la documentación presentada con quienes se seguirá contando en lo posterior. Los peticionarios en el término de 30 días cumplan con lo dispuesto en el Art. 107 del Reglamento a la Ley de Aguas Codificada. Téngase en cuenta el domicilio señalado y la autorización conferida al abogado defensor. Agréguese la documentación adjunta.- Cítese y notifíquese. F)Ing. Asael Sánchez López, Jefe de Agencia de Ambato del Consejo Nacional de Recursos Hídricos. Sigue la certificación.
Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previéndoles a los interesados de la obligación que tienen de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano de esta Agencia para posteriores notificaciones.
Firma ilegible
Lic. Salomón Núñez Medina
SECRETARIO
Hay un sello
9851/52407