JUICIO N°: 2016-00956

CITACION JUDICIAL EXTRACTO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LATACUNGA

CITACIÓN A: MARIA SENAIDA TIPAN TOAQUIZA Y JORGE RAUL
TOAQUIZA TIGASI
JUICIO N°: 2016-00956
ACTOR: MARIO ALBERTO BARBA CARRASCO
CITACIÓN CON LA DEMANDA EJECUTIVA COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN PROPUESTA POR: MARIO ALBERTO BARBA CARRASCO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CACPECO LTDA., EN CONTRA DE: MARIA SENAIDA TIPAN TOAQUIZA, JORGE RAUL TOAQUIZA TIGASI, MARTIN OTTO TIPAN Y PASCUALA CUCHIPARTE LUTUALA.
CUANTIA: OCHO MIL QUINIENTOS DÓLARES AMERICANOS (USD 8.500,oo)
PRETENSIÓN DEL ACTOR: POR LO EXPUESTO; FUNDADO EN EL PAGARE A LA ORDEN NÚMERO 0060116028107 SIGNADA AL SOCIO NÚMERO 156098, DOCUMENTO SUSCRITO POR LOS DEMANDADOS EN EL CANTÓN LATACUNGA A LOS 13 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2013 EN LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LA PEQUEÑA EMPRESA DE COTOPAXI LIMITADA “CACPECO” AGENCIA LA MATRIZ Y CONFORME A LA DOCUMENTACIÓN QUE PARA EFECTO ACOMPAÑO, VENDRÁ A SU CONOCIMIENTO SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL QUE LOS SUSCRIBIENTES SEÑORES: MARIA SENAIDA TIPAN TOAQUIZA, JORGE RAUL TOAQUIZA TIGASI, MARTIN OTTO TIPAN Y PASCUALA CUCHIPARTE LUTUALA, POR SUS PROPIOS Y PERSONALES DERECHOS SE CONSTITUYERON COMO DEUDORES DE LA AGENCIA CACPECO MEDIANTE PRESTAMO MICROCREDITO DE ACUMULACION SIMPLE EN LA SUMA DE SIETE MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA 00/100 (USD. 7.400,00) COMO CAPITAL FIJO, A SER PAGADOS EN TREINTA CUOTAS MENSUALES, DE LOS CUALES SE l.NC l LN1RAN EN MORA DE OCHO MENSUALIDADES QUE VAN DESDE LA CUOTA DIEZ Y SEIS (16). HASTA LA CUOTA TREINTA (30). QUE PARA EL EFECTO “SE APLICA UN INTERÉS QUE ‘SE CALCULA DESDE LA FECHA DE LA SUSCRIPCIÓN HASTA EL VENCIMIENTO DEL PLAZO DE ESTE PAGARÉ Y COMO TASA EFECTIVA SE HASTA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN. SEGÚN ASÍ CONSTA DE UA TABLA DE AMORTIZACIÓN QUE PARA IT. EFECTO SE AGREGA COMO DOCUMENTO IIABILITANTE: Y. EN LO PRECEPTUADO EN LOS ARTS: 413 Y 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL; Y, 486 DEL’CÓDIGO DE COMERCIO, EN JUICIO EJECUTIVO DEMANDO A LOS SEÑORES: MARIA SENAIDA TIPAN TOAQUIZA. JORGE RAUL TOAQUIZA TIGASI, MARTIN OTTO TIPAN Y PASCUALA CUCHIPARTE LUTUALA, PARA QUE EN SENTENCIA SEAN CONDENADOS AL PAGO DE LO SIGUIENTE:
a) EL PAGO DE LOS DIVIDENDOS VENCIDOS CON EL INTERES DE LA TASA MAXIMA PERMITIDA EN LA LEY;
b) AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES EN LAS QUE SE LOS HONORARIOS DE MI DEFENSA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LATACUNGA. Latacunga, jueves 12 de mayo del 2016, las 14hl9. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y documento que antecede. Una vez que el actor ha dado cumplimiento a providencia anterior. – En lo principal, por reunir los requisitos establecidos en el Art. 67 del Código de procedimiento Civil y por haberse acompañado a la demanda el Pagare a la Orden, se califica la misma como clara y completa, por lo que de conformidad con lo que establece el Art. 421 Ibídem, que dice: “Si el juez considerare ejecutivo el título así como la obligación correspondiente, ordenará que el deudor la cumpla o proponga excepciones en el término de tres días….”, se acepta a trámite Ejecutivo. CÍTESE a los demandados: MARIA SENAIDA TIPAN TOAQUIZA y JORGE RAUL TOAQUIZA TIGASI en calidad de deudores principales, señores MARTIN OTTO TIPAN y PASCUALA CUCHIPARTE LUTUALA en el lugar que se indica en la demanda, por medio de uno de los señores citadores de este Distrito, para el efecto envíese las copias respectivas para la citación, en el término de TRES DÍAS de citados los demandados: MARIA SENAIDA TIPAN TOAQUIZA, JORGE RAUL TOAQUIZA TIGASI, MARTIN OTTO TIPAN y PASCUALA CUCHIPARTE LUTUALA cumpla con la obligación demandada o propongan excepciones conforme lo ordena el Art. 429 del Código Adjetivo Civil. El Señor Citador del Distrito de Latacunga, observará lo que establecen los Arts. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos que se encuentra en vigencia desde el 22 de mayo del 2015, en lo referente a la citación conforme a la disposición final segunda, igualmente el señor citador cumpla con lo que establece el Art, 63 de la mencionada ley. Téngase en cuenta el domicilio, judicial, cuantía y defensor señalado por la actor y la calidad en la que comparece. Adjúntese la documentación que se acompaña. Actué el Ab. Willian Suarez Cruz, en calidad de secretario titular. CÍTESE NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LATACUNGA. Latacunga, martes 27 de junio del 2017, las 101×20. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Una vez que el actor ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de fecha 21 de junio del 2017, a las 12h06.- En lo principal, dispongo: De conformidad a lo que establece el Art. 56 numeral 1 del COGEP: que determina… “1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay .allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto dé la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso”; en virtud de la norma mencionada, cítese a los demandados señores: TIPAN TOAQUÍZA MARIA SENAIDA Y TOAQUIZA TIGASI JORGE RAUL, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos dé, mayor circulación de esta ciudad de Latacunga. a fin de que en el término dé veinte días contados” a partir de la última publicación, los demandados tienen la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad, a fin de que recíbanlas notificaciones de Ley, quedando de esta manera legalmente citado. NOTIFIQUESE.-Fdo.) Dra. Elizabeth Cedeño Moreira, Jueza.
Lo que comunico para los fines legales pertinentes.

AB. EDDY GOMEZ ALVAREZ
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LATACUNGA
FIRMA ILEGIBLE
Hay un sello
P:F/38360