12336-2020-00184- OFICIO-01198-2020

12336-2020-00184- OFICIO-01198-2020

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOS RÍOS EN VALENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JACHO ZAMBRANO PABLO ALBERTO

SE LE HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el proceso Ordinario de Declaratoria de unión de hecho post mortem No. 12336-2020-00184 presentada por la señora OLAYA CASQUETE JESSICA ESPERANZA, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:

ACTOR: OLAYA CASQUETE JESSICA ESPERANZA.

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JACHO ZAMBRANO PABLO ALBERTO

OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante solicita que mediante procedimiento ordinario se declare la unión de hecho que mantuvo con el señor JACHO ZAMBRANO PABLO ALBERTO, con el cual se unió de forma estable y monogamica desde el 26 de febrero del año 2010. por el lapso de 9 años, ininterrumpidamente, habiéndolo hecho de manera pública y notoria y a vista y paciencia de la sociedad, que siempre nos consideró como pareja de esposos, fijando nuestra residencia en esta ciudad de Valencia. Provincia de Los Ríos lugar hasta la actualidad me encuentro, residiendo, durante la relación procreamos dos hijos que corresponden a los nombres de JACHO OLAYA PABLO ELIAS y JACHO OLAYA ERICK ALEJANDRO, mantuvimos la relación hasta el 13 de junio del 2020 fecha en que falleció mi conviviente a causa del COVID-19.

TRAMITE: Ordinario

CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada

JUEZ DE LA CAUSA: Ab Lenin Santiago Guerra Yanez, en su calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Valencia, quien mediante auto de fecha viernes 07 de agosto del 2020 a las 13H55, Dispone se cite a los demandados por la prensa conforme al art. 56 numeral 1 del COGEP. por manifestar la accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JACHO ZAMBRANO PABLO ALBERTO, los mismos que no puede determinarlo.

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso luego tendrán el término de treinta días para contestar la demanda y proponer excepciones de ser el caso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.

Valencia, 24 de agosto del 2020

AB. DOUGLAS COELLO ALVEAR

SECRETARIO