Muerte cruzada es la ‘trampa del correísmo’

ANUNCIO. El presidente Guillermo Lasso amenazó con aplicar la muerte cruzada.
ANUNCIO. El presidente Guillermo Lasso amenazó con aplicar la muerte cruzada.

Hace 13 años se modificó la norma a la Constitución. Pero, está hecha para que quien ocupe el poder la use con entera “libertad” cuando le convenga. 

La posibilidad de que en el país se aplique la muerte cruzada, incluida en la Constitución de 2008, crece.  Tanto desde la Presidencia como desde la Asamblea se ha planteado esta posibilidad; sin embargo, su aplicación se basa en una causal, “grave crisis política y conmoción interna”.

Pero, sobre esta hay más preguntas que respuestas: ¿cuándo se puede hablar de una grave crisis política? y ¿quién la califica? La respuesta no está ni en la Constitución ni la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Si bien, a la crisis política se la puede definir como la falta de orden en el sistema político y la sociedad, desequilibrios en el enfoque macro socio-político de un país,  la interrogante que surge es si Ecuador está atravesando por esta situación, para que desde el Ejecutivo y El Legislativo se empiece hablar de dicho tema y de las consecuencias que esto acarrearía.

¿Ambigüedad en la Constitución?

Para el historiador y catedrático de la Universidad Simón Bolívar  Enrique Ayala Mora, carece de un criterio objetivo al respecto. Explica que hay una consideración de quien la convoca, ya sea la Asamblea que destituye al Jefe de Estado o la Presidencia que disuelve al Parlamento, en ambos casos no existe una norma fija.

“La Constitución está hecha para que el Gobierno la aplique como quiera, esa es la trampa correísta. Así lo hicieron, precisamente para que no existan normas claras, esa es la naturaleza de la Constitución que se redactó en Montecristi, así la planificaron para tener la libertad de decir lo que crean conveniente”, aseguró el catedrático.

En tanto, para el constitucionalista Salím Zaidan, la Constitución es “ambigua en los significados y deja a la interpretación para la calificación de grave crisis política y conmoción nacional”, que se entiende, serán determinadas por la función que primero quiera aplicar la figura de la muerte cruzada.

Cree que se debe analizar detenidamente, si hay o no grave crisis política y conmoción interna, ya que esto podría llegar a conocimiento de la Corte Constitucional (CC), que es quien deberá emitir un dictamen de constitucionalidad.

 

La Constitución de 2008 modificó la muerte cruzada

La muerte cruzada como tal no constaba en el ordenamiento jurídico, pero en la Constitución anterior se establecía la posibilidad de que el Presidente de la República pueda disolver el Congreso por una solo vez, pero se diferenciaba en que no se debía llamar a elecciones generales nuevamente, situación que cambió en 2008.

Ayala  Mora cree que dicho recurso es peligroso para el Presidente de la República, ya que puede perder la elección.

De acuerdo con la Carta Política de República, luego de siete días de haberse dado la disolución de la  Asamblea o de la destitución del Presidente de la República, el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos.

Además, en el caso de disolución del Parlamento, el Jefe de Estado podrá, previo dictamen de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica,  que luego podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Desde el ámbito político se considera a la figura de la muerte cruzada como un mecanismo de presión, porque al  final pierden todos. (RR)

 

Crisis políticas y conmoción social en la historia del país

Ecuador ha atravesado graves crisis políticas y sociales, durante los gobiernos de Abdalá Bucaram, el 6 de febrero de 1997; Jamil Mahuad, cesado en sus funciones en enero de 2000; y, Lucio Gutiérrez,  20 de abril de 2005.

En las tres ocasiones hubo enfrentamientos entre policías y manifestantes en las calles del país, se dieron bloqueos desde el sector indígena en las principales vías de acceso a las diferentes ciudades del país.

En estos tres casos de convulsión política intervino la Función Legislativa,  pero no hubo elección inmediata, por lo que hubo tres presidencias interinas, Fabián Alarcón, Gustavo Noboa y Alfredo Palacios.

DATO

Luego de la reforma a la muerte cruzada en 2008, ningún gobierno la ha aplicado.