Con siete votos a favor se despenaliza el aborto en casos de violación en Ecuador

Cada día siete niñas de entre 10 y 14 años dan a luz fruto de violación, según Fundación Desafío.

Siete de los nueve jueces de la Corte Constitucional dieron paso a la despenalización del aborto en casos de violación.

El aborto por violación en Ecuador ha sido despenalizado. Este miércoles, 28 de abril de 2021, se convirtió en un día histórico, pues, la Ley sobre la interrupción de embarazos en víctimas de violación no había sido reformada desde 1938.

La Corte Constitucional (CC) analizó la inconstitucionalidad de criminalizar a las víctimas de violación que abortan y siete de los nueve jueces votaron a favor de que esta sea una causal para el aborto no punible.

Causales

Actualmente, el aborto no punible estaba establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), bajo dos causales:

1. Si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.

2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental”.

Cuando un aborto no se realiza bajo estas causales el COIP contempla privación de libertad de uno a tres años.

El dictamen se emitirá en las próximas horas y deberá pasar a la Asamblea Nacional que no deberá votar, sino escribir las reformas dentro del COIP para incluir esta nueva causal. (AVV)

 

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