Hay pocas bases para sancionar al concejal Fernando Morales

Captura de pantalla del instante del ataque del concejal Fernando Morales a Jorge Yunda.

La Procuraduría Municipal estudia las acciones que emprendería contra el edil que arrojó agua contra el alcalde Jorge Yunda en la sesión del 10 de agosto.

La agresión del concejal Fernando Morales contra el alcalde de Quito en funciones Jorge Yunda, a quien el edil arrojó agua e intentó golpear con un ‘tomatodo’ en la sesión conmemorativa del 10 de Agosto de 1809, aún genera reacciones.

En la parte jurídica, sin embargo, estas aún no han ocurrido. El departamento de comunicación del Municipio de Quito dio a conocer que «se está analizando las medidas correspondientes ante este hecho».

Fuentes consultadas por LA HORA indicaron que en el transcurso de este 11 de agosto, sin precisar una hora, la Procuraduría municipal hará público un documento a través del cual dará a conocer las acciones que tomará sobre este caso.

Preguntamos a algunos ediles y nos indicaron que al momento no han tratado el tema y tampoco indicaron si el cuerpo del Concejo Metropolitano tomará alguna acción en contra de su colega.

Sin causales para una sanción

Para Esteban Ron, director de la Escuela de Derecho de la Universidad Internacional del Ecuador, pueden haber dos ámbitos sancionatorios: el penal y el administrativo.

Desagrega que explícitamente al no haber una agresión física y tampoco injurias, no daría pie a una sanción penal. Aclara que esto no descarta que Jorge Yunda pueda presentar una denuncia en la Fiscalía. «Yo no veo un delito penal. No es ni contravención», acotó.

Por su parte, el abogado constitucionalista André Benavides cree que los «improperios de Morales podrían considerarse como una contravención de injuria, que tiene una pena libertad no mayor a 30 días».

En este caso se juzgaría las palabras de Morales (llamó sinvergüenza en repetidas ocasiones a Yunda durante el ataque) y no el lanzamiento de agua; y menos de un objeto que no llega a impactar la humanidad del alcalde de Quito.

La Resolución 074 sin poder sancionatorio

En lo administrativo, puede ingresar en escena la Resolución 074, aprobada el 8 de marzo de 2016, durante la administración de Mauricio Rodas.

En el artículo 23, Capítulo Cuarto, de la Ética Legislativa, el inciso f) dictamina que se debe actuar con respeto y pluralismo democrático en el seno del Concejo Metropolitano.

Ron menciona que esta Resolución «es una norma vacía» puesto que no tiene «causa-efecto» lo que la convierte en una «mera descripción» que no dice con claridad cuál es el procedimiento en caso de no acatarla.

Lo único que podría hacer el Concejo Metropolitano, a criterio de Ron, es establecer una sanción de carácter «moral o un llamado de atención por incumplimiento a los principios de ética legislativa».

Benavides considera que es «una alternativa bastante forzada» buscar una sanción a Morales tomando en cuenta la referida Resolución.

Menciona que tampoco en el Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad), tampoco «existe un tipo de infracción en el cual se puede subsumir la conducta del concejal Morales«.

Un antecedente de violencia

Esta no es la primera vez que Fernando Morales se ve involucrado en un acto violento. Archivos de LA HORA del 26 de febrero de 2005, mencionan que el Colegio Mejía fue suspendido por dos años de toda actividad deportiva tras una agresión de los jugadores de las selección de basquetbol en contra del colegio Andino.

En una parte del texto se menciona que Fernando Morales, jugador del Mejía por esos días, «fue suspendido del deporte colegial por agredir al entrenador del Andino, Jonhy Sánchez». (AS)

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