El régimen laboral indígena

Jaime Vintimilla

Por avatares del destino ha llegado a mis manos un libro bastante interesante, tanto por la temática como por el contenido, pues responde a una investigación sesuda que describe el régimen laboral indígena en la Real Audiencia de Quito.

Emociona más todavía el hecho de que se trata de un autor ecuatoriano: Alberto Landázuri Soto, quien con sencillez pero con profundidad pudo realizar un estudio que muestra que muchos derechos laborales empezaron a ser exigidos gracias a la vigencia de normas indianas y castellanas que rigieron de forma prematura en la audiencia cuasi pretorial de Quito.

Las denominadas Leyes de Burgos, ya desde los inicios mismos del siglo XVI, defendían los principios esenciales sobre libertad laboral de los indígenas, jornada de trabajo legal, salario justo y otros aspectos relacionados con la protección de los trabajadores. Es decir, esta disposición obligaba a las autoridades indianas e indígenas el respeto de los derechos de los pueblos indígenas.

Es verdad que la historia ha narrado sucesos cruentos y hasta deleznables, pero es necesario que también se considere el ordenamiento vigente que aunque infringido muchas veces mostraba una profunda preocupación para que se diera atención a múltiples reclamos de indígenas agobiados por la vulneración de sus derechos. Además, cabe recalcar que al ser el derecho indiano casuístico tuvo distintas resoluciones e interpretaciones de una copiosa y avanzada legislación social en materia de indígenas.

Es muy común encontrar gran cantidad de Reales Cédulas así como informes de los Presidentes de la Audiencia donde se advierte la protección a los indígenas e incluso se conmina a los oidores y demás autoridades para que la propia Audiencia “dé orden y provea cómo se les haga buen tratamiento a los indios y que se les alarguen los salarios”.

Figuras como el protector de naturales o indios buscaban que cesen los daños que se originaban de las molestias y vejaciones que recibían los indígenas así como buscaba “que no sean maltratados” por persona alguna.

En fin, en muchos siglos se adelantó la legislación que protegía a los indígenas trabajadores.