Acoso laboral

Rodrigo Contero Peñafiel

El comportamiento laboral de algunas personas es un problema muy complejo que ha permanecido oculto en el tiempo y pocos se atreven a denunciarlo; la inseguridad, incapacidad profesional, venganza, incompetencia, celos o el simple deseo de aventura descubre una “personalidad múltiple” en individuos que buscan saciar sus malsanos propósitos a través de la persecución y el acoso permanente para deteriorar la imagen de sus subalternos e interferir en su estabilidad emocional, capacidad y rendimiento, atentando contra su integridad personal.

El acoso psicológico puede ser horizontal y vertical si se presenta entre personas de la misma jerarquía o de jefes a subalternos, siendo este el más frecuente. El aparecimiento de mensajes amenazantes o de contenido sexual en el sitio de trabajo, escritorio, computadora, celular, etc., son signo inequívoco del inicio de un largo y tedioso período de inestabilidad emocional que traerá graves consecuencias para el trabajador atormentado.

El acoso laboral siempre ha estado presente en las instituciones públicas y privadas donde el área de Talento Humano tiene su responsabilidad, muchos trabajadores han enfrentado este problema con tratamientos médico-psicológicos para evitar el deterioro de su salud, su autoestima y el aislamiento degradante al que han sido sometidos; el dejar sus puestos de trabajo conlleva problemas sociales y económicos.

Asediar, acosar o acorralar a alguien directamente o a través de secuaces para molestar, amenazar, burlarse, desprestigiar o intimidar, es de neófitos que no conocen del cargo ni sus funciones y al que llegan por casualidad; el provocar estrés y descontrol en los trabajadores hace que cometan errores, el acosador encuentra motivos para sancionar o despedirlos y la Institución pierde buenos profesionales. Muchos “jefes” cumplen el papel de vigilantes, capataces o mayorales que temen las iniciativas de sus subalternos, y utilizan el poder para acosar, es su fuente de placer.

Estos casos antijuridicos contradictorios a lo establecido en los artículos 33, 66 y 326 de la Constitución de la República, deben ser denunciados en los tribunales competentes.

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