Mesías Mestanza Solano
Recordemos que el 4 de febrero del 2018 se llevó a cabo una Consulta Popular para aprobar un proceso electoral de reforma de la Constitución y para consultar al pueblo sobre temas de importancia nacional.
La pregunta 3 y anexo 3 entre otras cosas decía: “¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución para reestructurar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, así como dar por terminado el período constitucional de sus actuales miembros, y que el Consejo que asuma transitoriamente sus funciones tenga la potestad de evaluar el desempeño de las autoridades cuya designación le corresponde…?” El contenido de esta pregunta era para dar poderes casi omnímodos a la autoridad correspondiente.
La Corte Constitucional, mediante Dictamen Interpretativo 02-19-IC/19, blindó las actuaciones del Consejo de Participación transitorio, es decir, nadie las podía cambiar, pero Alembert Vera, Presidente del CPCCS, sin motivo constitucional alguno comenzó a desnaturalizar lo dispuesto en la Consulta y hasta el Dictamen Interpretativo de la Corte Constitucional; causa suficiente para su destitución.
Hemos de convenir que los resultados de una consulta popular son vinculantes y que las decisiones de la Corte Constitucional se deben cumplir sin argumento alguno por mandato de nuestra Constitución.
Ahora bien, las actuaciones del CPCCS actual han sido desastrosas, vergonzosas e írritas al intentar meter sus manos por encima de prohibiciones constitucionales y legales, demostrando querer asumir un poder político que cree que todo lo puede.
Cierto es que el CPCCS es un organismo de especial importancia que entre otras atribuciones designa al Procurador General del Estado, al Defensor del Pueblo, Defensor Público, Fiscal General del Estado, Contralor General del Estado, miembros del Consejo Nacional Electoral, superintendencias, Consejo de la Judicatura… en fin; entonces nuestros “políticos” a toda costa tratan de introducirse en esta institución llena de poderes, para manejar al país a su antojo y sin la responsabilidad otorgada por la Constitución.
La Corte Constitucional, al destituir al presidente del CPCCS, ha actuado en justo Derecho Constitucional.