Conducción vehicular

Mesías Mestanza Solano

Mesías Mestanza Solano

Quien conduce un vehículo debe estar debidamente capacitado en materia de tránsito; que su licencia de conducir se obtenga previo el curso correspondiente, donde haya aprendido los reglamentos que deben ser puestos en práctica; pues la vida de los seres humanos no puede estar en manos de quien adquiere una licencia de forma irregular, sin tener el más mínimo conocimiento de tránsito y sus preceptos. Así mismo, las escuelas de capacitación deben cumplir con su función con absoluta responsabilidad, capaz de obtener en el conductor destreza, pericia y sobre todo  disciplina; que en los colegios y universidades se dicten clases de la materia de tránsito, con el objeto de concienciar a conductores y peatones sobre el respeto a esta ley; que se revise de manera responsable el estado de los vehículos y su periódico mantenimiento al ser matriculados; en caso contrario deben ser retirados de la circulación.

Un vehículo en mal estado es un riesgo no solamente para sus ocupantes sino también para los peatones.

Es obligación del Gobierno Nacional y particularmente del Ministerio de Obras Públicas, así como de gobiernos seccionales, la construcción de vías aptas para la circulación, con las técnicas modernas e internacionales del caso, la adecuación y el arreglo permanente de las mismas, con sus respectivos parterres, muros de contención, bermas, espaldones, señalética, zonas para ciclistas,  peatones, etc.

Por otra parte, conducir en estado de embriaguez y a velocidades extremas son las principales causas de los accidentes de tránsito en los que se han perdido valiosas vidas y se han teñido de rojo las carreteras, cuya pena por muerte en estas circunstancias  es de 10 a 12 años de cárcel.

Recuerde que el consumo de un vaso de cerveza o una copa de vino ya le impiden conducir. No se arriesgue, pues puede ser fatal.

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