JUICIO 12331-2021-01024

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO

EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA

A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES PEDRO ÁNGEL ARBOLEDA CAÑIZARES, AMELIA ANGÉLICA BONILLA RIVERA, MARGARITA MARILÚ ARBOLEDA BONILLA, JUAN EMIGDIO ARBOLEDA BONILLA, BENITO GUSTAVO ARBOLEDA BONILLA Y AURORA ROSALÍA BONILLA.

SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, la demanda del Procedimiento Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 12331-2021-01024, seguida por la señores SUAREZ ZAMBRANO CARLOS SEGUNDO y TARIRA VITERI BETSY TATIANA, en contra de JAIME NARCISO ARBOLEDA BONILLA, TEODOMIRO TEOVALDO ARBOLEDA BONILLA, LAURA ARBOLEDA BONILLA, SARA VERÓNICA ARBOLEDA UBE Y JOFFRE RAÚL ARBOLEDA REINOSO Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES PEDRO ÁNGEL ARBOLEDA CAÑIZARES, AMELIA ANGÉLICA BONILLA RIVERA, MARGARITA MARILÚ ARBOLEDA BONILLA, JUAN EMIGDIO ARBOLEDA BONILLA, BENITO GUSTAVO ARBOLEDA BONILLA Y AURORA ROSALÍA BONILLA, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: SUAREZ ZAMBRANO CARLOS SEGUNDO y TARIRA VITERI BETSY TATIANA.- DEMANDADOS: JAIME NARCISO ARBOLEDA BONILLA, TEODOMIRO TEOVALDO ARBOLEDA BONILLA, LAURA ARBOLEDA BONILLA, SARA VERÓNICA ARBOLEDA UBE Y JOFFRE RAÚL ARBOLEDA REINOSO Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES PEDRO ÁNGEL ARBOLEDA CAÑIZARES, AMELIA ANGÉLICA BONILLA RIVERA, MARGARITA MARILÚ ARBOLEDA BONILLA, JUAN EMIGDIO ARBOLEDA BONILLA, BENITO GUSTAVO ARBOLEDA BONILLA Y AURORA ROSALÍA BONILLA.-

OBJETO DE LA DEMANDA: La parte accionante señores Betsi Tatiana Tarira Viteri y Carlos Segundo Suarez Zambrano solicitan que mediante sentencia y previo al trámite de procedimiento ordinario se declare haberse operado a su favor la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio sobre el bien ubicado en la parroquia San Camilo, solar Nº 303, de la manzana Nº 25, calle Colombia y Guatemala, del cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, comprendido en los siguientes linderos: NORTE. Con solar número 298, en una extensión de 14,80 metros; SUR: Con calle Colombia en una extensión de 15 metros; ESTE: Con solar número 229, en una extensión de 14,70 metros, OESTE: Con calle Guatemala en una extensión de 15 metros, con una superficie total de 221,16 metros cuadrados, para lo cual alegan que mantienen la posesión con ánimo de señores y dueños, de manera pacífica e ininterrumpida, sin violencia ni clandestinidad desde el 10 de diciembre del año 2005.- Los fundamentos de derecho se encuentran establecidos en los numerales 23 y 26 del Art. 66 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los artículos 1,2, y 5 del Art. 240 del Código Orgánico de la función Judicial y arts. 142, 143, 144, 289 y 290 del Código Orgánico General de Procesos; Art. 603,715, 2398, 2405, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil. CUANTIA: La cuantía es de $83.397,47 (OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 47/100 CENTAVOS DE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) de conformidad con lo establecido con el Artículo 144 del Código Orgánico General de Procesos Cogep. TRAMITE: ORDINARIO. JUEZ DE LA CAUSA: La Ab. Betzabeth Raquel Plaza Benavides, Jueza  de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, quien mediante auto de fecha lunes 6 de diciembre del 2021, las 12h02, califica la demanda interpuesta por los señores SUAREZ ZAMBRANO CARLOS SEGUNDO y TARIRA VITERI BETSY TATIANA, de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que, se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo determinado en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos y ordena citar a parte demandada señores JAIME NARCISO ARBOLEDA BONILLA, TEODOMIRO TEOVALDO ARBOLEDA BONILLA, LAURA ARBOLEDA BONILLA, SARA VERÓNICA ARBOLEDA UBE Y JOFFRE RAÚL ARBOLEDA REINOSO, se los citará las calles Timoteo Quevedo y Salvador Allende, sector La Josefina Dos, parroquia San Cristóbal, cantón Quevedo, provincia de Los Ríos.- A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES PEDRO ÁNGEL ARBOLEDA CAÑIZARES, AMELIA ANGÉLICA BONILLA RIVERA, MARGARITA MARILÚ ARBOLEDA BONILLA, JUAN EMIGDIO ARBOLEDA BONILLA, BENITO GUSTAVO ARBOLEDA BONILLA Y AURORA ROSALÍA BONILLA se lo citará mediante publicación en tres fechas diferentes en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de la provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional, en virtud de lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos.- Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, de no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional.- Por cuanto el accionante manifiesta bajo la gravedad del juramento que desconoce la imposibilidad de establecer la individualidad, dirección domiciliaria o residencia de LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES PEDRO ÁNGEL ARBOLEDA CAÑIZARES, AMELIA ANGÉLICA BONILLA RIVERA, MARGARITA MARILÚ ARBOLEDA BONILLA, JUAN EMIGDIO ARBOLEDA BONILLA, BENITO GUSTAVO ARBOLEDA BONILLA Y AURORA ROSALÍA BONILLA. Lo que llevo a sus conocimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad y/o y correo electrónico para que reciban sus notificaciones.- Certifico.

– Quevedo, 12 de abril del 2022

AB. MARIA FERNANDA BARZOLA ALMEIDA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN QUEVEDO