Multas por irrespetar toque de queda no se cobran

Situación. Los uniformados levantaron varias notificaciones.

En Tungurahua más de 6 mil personas fueron notificadas desde el inicio de la emergencia sanitaria, pero todavía no les pueden cobrar.

Luego de más de un año de haberse decretado el primer estado de excepción, con varias medidas restrictivas, aún no se cobran las multas por irrespetar el toque de queda.

En enero de 2021 el Ministerio de Salud y de Gobierno firmaron un reglamento en el cual dispusieron que las multas por incumplimiento de la restricción de circulación se cobraría en las planillas de servicio básico (luz, agua, teléfono) a nombre de los infractores, pero la recaudación no se ha concretado.

 

El Dato
Desde el Gobierno se estableció que las sanciones 
se cobrarían en una planilla de servicio básico.

 

Realidad local

En Tungurahua hasta el 13 de septiembre de 2020, según datos entregados por la Gobernación, se levantaron notificaciones por irrespeto al toque de queda a 5 mil 837 personas por primera vez y a 631 por reincidencia.

Mientras que, en este cuarto estado de excepción que inició el viernes 23 de abril, en la provincia se registraron 58 sancionados de los cuales seis son reincidentes y todavía no se sabe cuándo se harán efectivos los cobros.

 

Realidad

Desde las empresas de agua potable, electricidad y telefonía informaron que aún no se ha iniciado con la recaudación de estas multas debido a que no se cuenta con una normativa o alguna regulación que permita generar los pagos en las facturas de los usuarios.

Ricardo López, gerente de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ambato (Emapa), explicó que no se ha recibido ninguna disposición que faculte ese cobro y mientras tanto se continúa actuando de acuerdo a las ordenanzas y reglamentos de la empresa.

Según el funcionario la recaudación de estos rubros en las facturas de un servicio básico complicaría la situación de crisis que viven los usuarios.

“A los usuarios de los servicios básicos hay que darles facilidades y más bien se debe trabajar otro tipo de políticas para proteger la salud de los ciudadanos”, dijo.

Héctor Bustos, funcionario de la Empresa Eléctrica de Ambato, aseguró que tampoco tienen directrices para realizar este cobro y de acuerdo a la norma no se puede incluir nada ajeno a la factura de la energía eléctrica.

“Habría que establecerse una Ley o algún mecanismo de lo contrario no se puede”, dijo.

Desde el Ministerio de Telecomunicaciones se desarrolló el portal denominado Sanciones Covid-19 a fin de que se tenga una base digital y evitar la evasión de estas multas, pero se aseguró que se deslindan del proceso de cobro.

 

TOME NOTA
A través del link https://sanciones.gobiernoelectronico.gob.ec/node/2 
puede conocer si tiene alguna sanción por este incumplimiento.

 

Análisis

Para Giuseppe Cabrera, analista Político, el problema radica en que el gobierno no ha encontrado los mecanismos para cobrar esas sanciones y eso se convierte en una piedra de tropiezo.

Además, aseguró que la Corte Constitucional ya se ha pronunciado y estipuló que ya al Gobierno que no puede emitir más estados de excepción, por lo tanto, se debe emitir una Ley   para la gestión de la emergencia sanitaria y es allí donde se debe estipular la forma de cobro.

“Es necesario que se cobren las multas, pero lamentablemente el gobierno no ha emitido directrices”, dijo.

Según Cabrera la aprobación de esta normativa es urgente, pues no se trata solamente del cobro por estas multas, sino también porque ahora se le delegan acciones al COE Nacional para ejecutar acciones para restringir y esa no es su potestad.

Sin embargo, está seguro de que esta Ley no alcanzará a aprobarse en este régimen permitiendo al Presidente electo, Guillermo Lasso, contribuir con sus observaciones.

 

Otro problema

Respecto a la prisión de uno a tres años para las personas que incumplan el toque de queda el analista indicó que es inconstitucional ya que manifiesta que podría ser sancionado por desacato, sin embargo, esta figura es desde una decisión expresa.

“Es decir un juez le ordena a un ciudadano que pague tal multa, que asista a tal audiencia y al no cumplir es desacato. Pero en este caso una disposición general, como es el toque de queda, no puede determinar un desacato”, dijo al tiempo de asegurar que aquí se evidencia el desconocimiento y la inaplicabilidad de las sanciones.

Gabriela Rodríguez, gobernadora de Tungurahua, reconoció que aún no se cobran estas multas, pero aseguró que ya se presentó el proyecto de ley a la Asamblea Nacional y se espera que con esa herramienta legal las multas no se queden solo en papel.

“Tendrán que ser nuestros asambleístas quienes apresuren esta Ley para que puedan salir las sanciones correspondientes para quienes irrespetan las restricciones dadas para hacerle frente a la pandemia”, dijo la autoridad. (FCT)

 

 

Análisis de ley

El presidente Lenín Moreno, el 22 de abril de 2021, envió a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica para la Gestión de Emergencia Sanitaria por Pandemia (https://bit.ly/3aIVu4j).  

Esto en cumplimiento con lo ordenado por la Corte Constitucional (CC), entidad que dispuso al Ejecutivo que en un plazo máximo de tres meses se elabore y presente un proyecto de Ley para regular de manera adecuada el derecho a la libertad de tránsito en medio de la pandemia.

Este contiene cinco capítulos en las cuales se establece regulaciones a fin de restringir los derechos de libertad de movilidad y reunión sin la necesidad de establecer un estado de excepción, en circunstancias como la actual pandemia por Covid-19.