Prescripcion Adquisitiva de Dominio

R. del E.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOS RÍOS EN VALENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE VICTOR VICTORIANO BUSTE.-

SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad la acción Ordinaria de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 12336-2016-00020, presentada por el señor FULVIO JOSÉ CONDOY PEREIRA, en contra de ustedes, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:

ACTOR: FULVIO JOSÉ CONDOY PEREIRA.
DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE VICTOR VICTORIANO BUSTE.

OBJETO DE LA DEMANDA: EL accionante manifiesta que: soy poseedor pacífico e ininterrumpido, con ánimo de señor y dueño de un lote de terreno, desde el año 2000, el cual lo adquirí al señor Cristóbal Colón Buste Alcívar, propiedad heredada por su difunto padre señor Víctor Victoriano Buste, situado en el sector Aguas Claras, perteneciente al cantón Valencia, provincia de Los Ríos, con un área útil de 2,0255 hectáreas y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con la propiedad del señor Macario Cheme en 106.83 metros, SUR: Con terreno de Colón Buste en 124.14 metros, ESTE: Con terrenos de Alberto Veintimilla en 116.00 metros y estero sin nombre en 113.54 metros, y OESTE: Con los terrenos de Rosa Buste en 192.16 metros, además en este inmueble he levantado con mis propios recursos una casa de caña para mi provecho personal, pues en ella he vivido más de quince años, sin ninguna interferencia absoluta de nadie y siempre manteniendo el ánimo de señor y dueño. Ampara su demanda en los Arts. 603, 715, 2392, 2398,2410, 2411,2413 y más pertinentes del Código Civil.-

CUANTÍA: INDETERMINADA.
TRÁMITE: ORDINARIO.

JUEZA DE LA CAUSA: Abg. Cinthia Mariela Cajas Párraga, en su calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Valencia, quien mediante auto de fecha viernes 19 de febrero del 2016, las 16h21, admite la demanda a trámite de Juicio Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio y manda a citar a los demandados herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue VICTOR VICTORIANO BUSTE, por la prensa conforme a lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor bajo juramento declara que le ha sido imposible determinar sus individualidades y residencia de los demandados, para que en el término de quince días contesten la demanda de acuerdo a lo previsto en el Art. 397 del Código de Procedimiento Civil vigente, los mismos que comenzaran a transcurrir después de los veinte días posteriores a la última publicación de citación por la prensa, de conformidad con lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos vigente; y, presenten sus excepciones, caso contrario podrán ser declarados rebeldes y que se cuente con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Valencia en las personas de sus representantes legales (Alcalde y Procurador Síndico Municipal) y se inscriba la demanda en el Registro de la Propiedad y Mercantil de esta ciudad de Valencia.

Lo que llevo a conocimiento de ustedes, advirtiéndoles la obligación de señalar sus domicilios judiciales para que reciban sus debidas notificaciones.,

Valencia, 30 de mayo del 2016.

ABG. LEONEL OSORIO HIDALGO
Secretario de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Valencia

P-23937-M.A