Número 20181701040P01794

Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., solicitando la aprobación del Poder General otorgado por la mencionada corporación a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, el veintidós de febrero de dos mil dieciocho, ante el doctor Héctor Cortez Díaz, Notarlo Setenta y Tres Encargado de Bogotá y protocolizado el quince de marzo de 2018, ante la Notaria Cuadragésima de Quito, Paola Andrade Torres.
Protocolización número 20181701040P01794 de la copia certificada del Poder General otorgada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, en calidad de representante legal de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S, a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR.
Peticionario: Doctor Michael Veintimilla Ambrosi debidamente autorizado por la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S.
Trámite: Especial
Cuantía: Indeterminada
EXTRACTO
PUBLICACIÓN DEL PODER GENERAL OTORGADO POR EL SEÑOR IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., A FAVOR DEL SEÑOR JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR.

PRIMERA: COMPARECIENTE.- Comparece al otorgamiento de este instrumento público, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., (en adelante Multivac o la Mandante), legal y debidamente representada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, en su calidad de Representante Legal. El compareciente es ciudadano de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión Administrador de Empresas, domiciliado en la ciudad de Bogotá, legalmente capaz para contratar y obligarse cual en derecho se requiere. SEGUNDA: ANTECEDENTES.- 2.1. La compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., es una empresa constituida bajo las leyes de la República de Colombia, que se dedica a la importación y comercialización de maquinaria para procesos de producción y empaque, consumibles y repuestos. 2.2, Es deseo de MULTIVAC, en lo posible, el concretar ciertos negocios en la República del Ecuador. 2.3. La Junta general de Accionistas de la compañía MULTIVAC, celebrada e! día Veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil Trece, resolvió autorizar la emisión de un PODER GENERAL a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.424.305, de estado civil casado para que en nombre y representación de MULTIVAC, realice en el Ecuador ciertos actos a nombre de la compañía referida. TERCERA: PODER GENERAL.- Con este antecedente, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., legal y debidamente representada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, tiene a bien otorgarle como en efecto otorga, PODER GENERAL, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere, a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.424,305, para que realice, a nombre de la Multivac, los siguientes actos y contratos: a) Actuar como factor de comercio a nombre de la Mandante, teniendo las facultades previstas en los artículos 120 y siguientes del Código de Comercio de Ecuador; b) Representar los intereses de la Mandante en la administración de sus negocios en Ecuador, para lo cual podrán comprar, vender, ceder, permutar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de cosas, tanto muebles como raíces, acciones bonos y valores mobiliarios, firmando los correspondientes traspasos; firmar contratos de compraventa con o sin reserva de dominio; cobrar y percibir cuanto se le adeude a la Mandante por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; celebrar contratos de promesa, de seguro, de confección de obra material, de trabajo, de mutuo, de depósito y de préstamo; constituir, aceptar, posponer y levantar hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; constituir, aceptar y cancelar prendas de cualquier especie, en especial, podrán aceptar o constituir prendas industriales o gravámenes de cualquier otra especie; constituir, aceptar y levantar fianzas , deudas solidarias y otras formas de garantías; instituir y aceptar cesiones, celebrar contratos de cuentas corrientes con Instituciones bancarias, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, de depósito o de crédito o de ahorro, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente y toda clase de préstamos, mutuos, avances, con letras, sobregiros, pagarés; aceptar saldos en cuenta corriente, retirar talonarios de cheques, girar, suscribir y afianzar, aceptar, endosar, avalar, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, revalidar, reaceptar y cancelar letras de cambio, libranzas, pagarés, cheques y toda clase de documentos y efectos de comercio; adquirir acciones o participaciones en sociedades legalmente constituidas en el Ecuador y/o el exterior, así como participar en la constitución de nuevas compañías sean estas afines o no al giro ordinario del negocio de la Mandante; c) Representar a la Mandante en todos sus negocios jurídicos que surtan efecto en el Ecuador, y cumplir las obligaciones que ésta haya contraído. Podrán participar a nombre de la Mandante en procesos licitatorios convocados por empresas públicas o privadas, presentar ofertas, modificarlas y suscribir todos los documento necesarios, a fin de concretar nuevos negocios para la Mandante en el Ecuador; d) Representante legal, judicial y extrajudicialmente a la Mandante en el Ecuador, a fin de que puedan presentar y contestar demandas en juicios civiles, laborales, comerciales, administrativos, penales, entre otras cosas. Actuar como terceristas en los casos en que puedan verse afectados los intereses de la Mandante, Para ello, podrán otorgar poderes de procuración judicial a favor de abogados en libre ejercicio, sin limitación de ninguna clase; e) Representar a Multivac ante las autoridades gubernamentales, provinciales, así como ante cualquier otra entidad o autoridad pública; f) Comparecer ante las oficinas del Servicio de Rentas Internas del Ecuador, a fin de actualizar los datos constantes en el registro único de contribuyente (RUC) de Multivac en el Ecuador, a fin de que conste, cualquier de ellos, como su representante ante esta entidad, y para cumplir con las obligaciones tributarlas que esta tenga en el Ecuador. Podrá suscribir y/o firmar cualquier documento que requieran las autoridades para el normal funcionamiento de la Mandante. La presente enumeración no se entenderá taxativa sino meramente ejemplificativa, de forma que el apoderado tendrá las más amplias facultades para representar los intereses de la Mandante en el Ecuador. La duración del presente poder es Indefinida.
Firmas:
IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ como otorgante y representante legal de Corporación Multivac S.A.S.
JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, como aceptante, número de cédula de ciudadanía colombiana 80.424.305.
RAZÓN: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 del artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por tres días en uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio de la compañía, para su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil.
Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes.
Quito, 26 de Marzo
DRA PAOLA ANDRADE TORRES
NOTARIA CUADRAGESIMA DEE QUITO
Hay firma y sello
PAC109958fa


EXTRACTO
Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., solicitando la aprobación del Poder General otorgado por la mencionada corporación a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, el veintidós de febrero de dos mil dieciocho, ante el doctor Héctor Cortez Díaz, Notario Setenta y Tres Encargado de Bogotá y protocolizado el quince de marzo de 2018, ante la Notarla Cuadragésima de Quito, Paola Andrade Torres.
Protocolización número 20181701040P01795 de la copia certificada del Poder General otorgada por el señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, en calidad de representante legal de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S, a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ.
Peticionario: Doctor Michael Veintimilla Ambrosi debidamente autorizado por la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S.
Trámite: Especial
Cuantía: Indeterminada
EXTRACTO
PUBLICACIÓN DEL PODER GENERAL OTORGADO POR EL SEÑOR JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., A FAVOR DEL SEÑOR IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ.
PRIMERA: COMPARECIENTE.- Comparece al otorgamiento de este instrumento público, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., (en adelante Multivac o la Mandante), legal y debidamente representada por el señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, en su calidad de Representante Legal. El compareciente es ciudadano de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Industrial, domiciliado en la ciudad de Bogotá, legalmente capaz para contratar y obligarse cual en derecho se requiere. SEGUNDA: ANTECEDENTES.- 2.1. La compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., es una empresa constituida bajo las leyes de la República de Colombia, que se dedica a la importación y comercialización de maquinaria para procesos de producción y empaque, consumibles y repuestos. 2.2. Es deseo de MULTIVAC, en lo posible, el concretar ciertos negocios en la República del Ecuador. 2.3. La Junta general de Accionistas de la compañía MULTIVAC, celebrada el día Veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil Trece, resolvió autorizar la emisión de un PODER GENERAL a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.063.860, de estado civil casado para que en nombre y representación de MULTIVAC, realice en el Ecuador ciertos actos a nombre de la compañía referida. TERCERA: PODER GENERAL.- Con este antecedente, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., legal y debidamente representada por el señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, tiene a bien otorgarle como en efecto otorga, PODER GENERAL, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere, a favor del señor IVAN DARIO DAZA RODRIGUEZ, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.063.860, para que realice, a nombre de la Multivac, los siguientes actos y contratos: a) Actuar como factor de comercio a nombre de la Mandante, teniendo las facultades previstas en los artículos 120 y siguientes del Código de Comercio de Ecuador; b) Representar los Intereses de la Mandante en la administración de sus negocios en Ecuador, para lo cual podrán comprar, vender, ceder, permutar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de cosas, tanto muebles como raíces, acciones bonos y valores mobiliarios, firmando los correspondientes traspasos; firmar contratos de compraventa con o sin reserva de dominio; cobrar y percibir cuanto se le adeude a la Mandante por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; celebrar contratos de promesa, de seguro, de confección de obra material, de trabajo, de mutuo, de depósito y de préstamo; constituir, aceptar, posponer y levantar hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; constituir, aceptar y cancelar prendas de cualquier especie, en especial, podrán aceptar o constituir prendas industriales o gravámenes de cualquier otra especie; constituir, aceptar y levantar fianzas , deudas solidarias y otras formas de garantías; instituir y aceptar cesiones, celebrar contratos de cuentas corrientes con instituciones bancarias, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, de depósito o de crédito o de ahorro, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente y toda clase de préstamos, mutuos, avances, con letras, sobregiros, pagarés; aceptar saldos en cuenta corriente, retirar talonarios de cheques, girar, suscribir y afianzar, aceptar, endosar, avalar, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, revalidar, reaceptar y cancelar letras de cambio, libranzas, pagarés, cheques y toda clase de documentos y efectos de comercio; adquirir acciones o participaciones en sociedades legalmente constituidas en el Ecuador y/o el exterior, así como participar en la constitución de nuevas compañías sean estas afines o no al giro ordinario del negocio de la Mandante; c) Representar a la Mandante en todos sus negocios jurídicos que surtan efecto en el Ecuador, y cumplir las obligaciones que ésta haya contraído. Podrán participar a nombre de la Mandante en procesos licitatorios convocados por empresas públicas o privadas, presentar ofertas, modificarlas y suscribir todos los documento necesarios, a fin de concretar nuevos negocios para la Mandante en el Ecuador; d) Representante legal, judicial y extrajudicialmente a la Mandante en el Ecuador, a fin de que puedan presentar y contestar demandas en juicios civiles, laborales, comerciales, administrativos, penales, entre otras cosas. Actuar como terceristas en los casos en que puedan verse afectados los intereses de la Mandante. Para ello, podrán otorgar poderes de procuración judicial a favor de abogados en libre ejercicio, sin limitación de ninguna clase; e) Representar a Multivac ante las autoridades gubernamentales, provinciales, así como ante cualquier otra entidad o autoridad pública; f) Comparecer ante las oficinas del Servicio de Rentas Internas del Ecuador, a fin de actualizar los datos constantes en el registro único de contribuyente (RUC) de Multivac en el Ecuador, a fin de que conste, cualquier de ellos, como su representante ante esta entidad, y para cumplir con las obligaciones tributarlas que esta tenga en el Ecuador. Podrá suscribir y/o firmar cualquier documento que requieran las autoridades para el normal funcionamiento de la Mandante. La presente enumeración no se entenderá taxativa sino meramente ejemplificativa, de forma que el apoderado tendrá las más amplias facultades para representar los Intereses de la Mandante en el Ecuador. La duración del presente poder es Indefinida.
Firmas:
JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR como otorgante y representante legal de Corporación Multivac S.A.S.
IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, como aceptante, número de cédula de ciudadanía colombiana 80.063.860
RAZÓN: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 del artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por tres días en uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio de la compañía, para su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil.
Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes.
Quito, 26 de Marzo de 2018
DRA. PAOLA ANDRADE TORRES
NOTARIA CUADRAGESIMA DE QUITO
Hay firma y sello
PAC109959fa