NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO

EXTRACTO
DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO
. Cúmplase poner en conocimiento del público que mediante escritura, otorgada ante m, DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGES1MO CUARTO DEL CANTON QUITO, el veinte y seis de junio del año dos mil diecisiete los señores JULIO CESAR PEREZ GARCA Y ROSA ELENA BAYAS CAMINO, de de estado civil divorciados, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la ley Notaria publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JULIO CESAR PEREZ GARCIA Y ROSA ELENA BAYAS CAMINO, de estado civil divorciados, otorgada mediante escritura pública del veinte y seis de julio del 2017, ante el suscrito notario DOCTOR JOSE LUIS JARAMILO CALERQ NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON
QUITO, por el término de (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que $as personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.
Quito a 26 de julio de año 2017
DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO
NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO
Hay firma y sello
PAC108549fa


Factura: 002-003-000030734
20171701008O00582
NOTARIO(A) JAIME RAFAEL ESPINOZA CABRERA

NOTARÍA OCTAVA DEL CANTÓN QUITO
Hay Firma
NOTARÍA OCTAVA DEL CANTÓN QUITO
AVISO
LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL N°.20171701008P01279
TEÓFILO MARCELO TOBAR TOBAR
Y
MARIANA DE JESÚS NUÑEZ HERRERA
En conformidad con el artículo 18 numeral 23 de la Ley Notarial, para los fines legales consiguientes, en mi calidad de Notario Octavo del Cantón Quito, DOY AVISO y hago conocer, que el día 26 de JULIO de 2017 los señores TEÓFILO MARCELO TOBAR TOBAR y MARIANA DE JESÚS NUÑEZ HERRERA, otorgaron en esta notaría una escritura pública, que contiene la liquidación de la sociedad conyugal No. 20171701008P01279. Las adjudicaciones del patrimonio, se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública.
La cuantía señalada por los comparecientes es de USD $43.113,37.
Conforme con la norma IBÍDEM, los interesados tienen el término de VEINTE (20) DÍAS, contados a partir de la publicación en la prensa del presente aviso, para presentar la oposición fundamentada que consideren procedente.
JAIME RAFAEL ESPINOZA CABRERA
NOTARIO OCTAVO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.
Hay Firma
PAP/68659/AS
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL: A LOS DEMANDADOS SEÑORES BLANCA CORTEZ VIUDA DE POLIT, JAIME, OSWALDO, SUSANA, MARTHA y CARLOS POLIT CORTEZ, SE LE HACE CONOCER EL EXTRACTO DE LA DEMANDA, AUTO DE CALIFICIACIÓN Y ESTA PROVIDENCIA DEL PROCESO ORDINARIO, QUE SIGUE LOS SEÑORES MARIA LUCILA LASSO JERES y JOSE MIGUEL PALAGUACHI PAGUAY.
ACTORES: MARIA LUCILA LASSO JERES y JOSE MIGUEL PALAGUACHI PAGUAY.
DEMANDADO: BLANCA CORTEZ VIUDA DE POLIT, JAIME, OSWALDO, SUSANA, MARTHA y CARLOS POLIT CORTEZ
TRAMITE: ORDINARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
FECHA DE INICIACIÓN: 23 DE JUNIO DEL 2008.
JUICIO No. 17306-2008-0676
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 3 de marzo del 2017, las 14h19. VISTOS.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales. En consecuencia aceptándose al trámite ordinario , se dispone correr traslado con el contenido de la misma y esta providencia a los demandados BLANCA CORTEZ VIUDA DE POLIT, JAIME, OSWALDO, SUSANA, MARTHA y CARLOS POLIT CORTEZ, a fin de que contesten en el término de quince días de ser citada legalmente, bajo apercibimiento en rebeldía . Para el efecto, cítese a través de la prensa en la forma prevista en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. Esto, atento el juramento rendido por los actores. Cuéntese con los señores Alcalde y Procurador del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se les citará en la dirección conocida. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón mediante el oficio respectivo. Agrégase al proceso la documentación Adjunta. Cítese y Notifíquese.- f) Ab. Irina Miroslava Chavez Coello, JUEZA.
ABG. LADY ESTEFANIA ALVARADO LÓPEZ
SECRETARIA
Hay Firma y Sello
PAR/106448/AS