Menores

JUZGADO PRIMERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE IBARRA
CITACIÓN JUDICIAL

EXTRACTO

AL SEÑOR DARWIN MALES SUÁREZ, se le hace saber que en este Juzgado le está siguiendo un juicio de alimentos la señora WILMA DE LAS MERCEDES TRUJILLO
GUERRÓN, cuyo auto se transcribe.
JUICIO No 0388-2007

JUZGADO PRIMERO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE IMBABURA . IBARRA,
05 de junio del 2007, las 17h24 .- VISTOS: La demanda anterior de alimentos, propuesta por la actora Sra. WILMA DE LAS MERCEDES TRUJILLO GUERRÓN, es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se acepta al trámite establecido en el Art. 271 y siguientes del código de la Niñez y Adolescencia. Por afirmar bajo juramento al actora, en su demanda que desconoce el domicilio actual del demandado, Sr. DARWIN MALES SUÁREZ, de lo que se levantó el acta respectiva y que consta de autos a fs. 4, cítesele mediante tres publicaciones que se harán en el diario “La Hora” , que se edita en esta ciudad, de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en esta ciudad, dentro del término legal. Agréguese la partida de nacimiento adjunta. Téngase en cuenta su abogada defensora y casillero judicial señalado.- Notifíquese y Cítese.- f.- Dr. Edgar Chiluiza, Juez.
Lo que comunico para los fines de ley.
Ibarra, 06 de Junio del 2007.

DRA. FABIOLA ARMAS T.,
SECRETARIA

Hay firma y sello
ad/8399/ai


REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN TULCÁN
CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO

CLASE DE JUICIO.- ALIMENTOS: ACTORA.- Fanny Lucía Narváez Rosero.- DEMANDADO.- Francisco Luciano López.- Para los fines de Ley, pongo en conocimiento que en el juicio de alimentos, seguido por la señorita: Fanny Lucía Narváez Rosero en contra del señor: Francisco Luciano López, se ha dictado la siguiente providencia que dice:

CAUSA No. 120-2007

JUZGADO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN TULCÁN.- Tulcán, Junio 11 del 2007.- las 8h30.-
VISTOS: Una vez que la actora señorita: FANNY LUCÍA NARVÁEZ ROSERO, ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia anterior, se procede a calificar la demanda de pensión de alimentos de clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta al trámite establecido en el Libro Tercero, Título X, Capítulo IV, Sección Segunda del Código de la Niñez y Adolescencia. Al trámite de la presente causa es el especial, téngase la cuantía como determinada de conformidad al Art. 63 del Código de Procedimiento Civil. Por cuanto la reclamante desconoce la individualidad y residencia del demandado, señor Francisco Luciano López Mayorga, cítese mediante tres publicaciones que se realizarán en el Diario “La Hora”, y como lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cada una de ellas en fechas distintas. Téngase en cuenta el Casillero Judicial No. 87, perteneciente al señor Ab. Jesús Quizhpe, señalado por la actora.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) Dr. Fernando Polo Luna, Juez de la Niñez y Adolescencia del Cantón Tulcán.- Certifico.- F) Dr. Luis A. Moreta Díaz, Secretario.
Hay firma y sello
Mr/ 4025/at