JUICIO INSOLVENCIA NO. 17306-2014-0693 

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: ARTEAGA GORDILLO MANUEL ALBERTO
ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A.
DEMANDADO: ARTEAGA GORDILLO MANUEL ALBERTO
JUICIO INSOLVENCIA NO. 17306-2014-0693
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 29 de julio del 2014, las 08h39.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de Juez Titular de esta Judicatura, según Acción de Personal No.4194-DNP-OQ, de 23 de septiembre del 2012, emitida por el Dr. Mauricio Jaramillo Velasteguí, Director General del Consejo de la Judicatura, en funciones desde el 01 de Octubre del 2012. La demanda de presunción de insolvencia que presenta KARINA DE LOS ANGELES ARTIEDA SALAZAR, en calidad de Procuradora Judicial del Banco del Austro, en contra de MANUEL ALBERTO ARTEAGA GORDILLO, es clara, precisa y reúne los requisitos legales, en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía especial, prevista en la sección Cuarta, Parágrafos 1o. y 3o. Arts. 507 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Como de los documentos presentados se establece que requerido que ha sido el deudor MANUEL ALBERTO ARTEAGA GORDILLO, con el Mandamiento de Ejecución dictado por el Juez Décimo Tercero de lo Civil de Pichincha, según consta de la razón sentada por el Secretario, encontrándose el demandado, por lo tanto, en la situación contemplada en el numeral primero del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su estado de insolvencia; y, como consecuencia de ella, se declara con lugar al Concurso de Acreedores. En su orden, practíquense las siguientes diligencias: PRIMERO.- CITESE al demandado MANUEL ALBERTO ARTEAGA GORDILLO, en la dirección proporcionada par el efecto, con el contenido de la demanda y este auto, para que en el término de tres días luego de haber sido citado legalmente, se oponga a la demanda únicamente pagando la deuda.- SEGUNDO.- Se ordena la Ocupación y Depósito de los bienes del nombrado demandado; libros, correspondencia, y demás documentos, para el efecto, cuéntese con la intervención de un Depositario Judicial de este Cantón.- Ofíciese al Jefe de la Oficina de la Sala de Sorteos y casillas Judiciales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, a fin de que previo el sorteo correspondiente se asigne al indicado funcionario.- TERCERO.- Hágase conocer al público de la Presunción del Estado de Insolvencia de MANUEL ALBERTO ARTEAGA GORDILLO, a través de la publicación de un extracto de la demanda y este auto en uno de los periódicos de esta localidad; por Secretaría elabórese y extiéndase el correspondiente aviso.- CUARTO.- Se ordena la acumulación de todos los pleitos seguidos en contra del nombrado demandado; por obligaciones de dar o hacer, para cuyo efecto, ofíciese a los jueces de lo Civil, de Inquilinato, y del Trabajo de Pichincha, a fin de que remitan a esta judicatura dichos pleitos.- QUINTO.- Se ordena, se califique el presunto estado de insolvencia del demandado, para establecer indicios de culpabilidad o fraudulencia, para lo cual, OFICIESE al Fiscal Distrital de Pichincha.- SEXTO.- Se prohíbe que el demandado MANUEL ALBERTO ARTEAGA GORDILLO, se ausente del territorio nacional, sin permiso del suscrito Juez, para cuyo efecto, hágase conocer mediante oficio al Jefe de la Policía de Migración y Extranjería y a los Jefes de los Aeropuertos Mariscal Antonio José de Sucre de Quito y José Joaquin de Olmedo de Guayaquil.- SEPTIMO.- Como el nombrado demandado queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, mediante OFICIOS, hágase conocer de este particular a los Notarios Registradores de la Propiedad y Mercantil de este cantón, Tribunal Provincial Electoral; y Superintendencia de Bancos, a la Contraloría General del Estado, adjuntando copia de este auto.- OCTAVO.- Se ordena que el demandado, dentro del término de ocho días después de citados, presenten el balance de sus bienes, con expresión del activo y del pasivo. Una vez citado el demandado, para el caso de que no pague, se dispone la entrega de los bienes concursados al Sindico Dr. Jorge Macas Romero; y la notificación por la prensa a sus acreedores.- Agréguese al proceso los documentos presentados.- Regístrese la casilla judicial No.2222.- Actúe el Oficial Mayor en calidad de Secretario encargado según Acción de Personal, mediante acción de personal No. 3985-DP-UPTHde fecha 11 de junio del 2014.- NOTIFIQUESE
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto por esta autoridad y ha declarado bajo juramento la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la demandada, ARTEAGA GORDILLO MANUEL ALBERTO, de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cítese con el extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia en tres fechas distintas, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, previniéndole de señalar casillero judicial para sus notificaciones.-Actúa el Ab Guillermo Guapi en calidad de Secretario encargado.- NOTIFIQUESE. F) DR. CARLOS NARANJO BORJA, JUEZ
Lo comunico al público en general para q en caso de oposición señalen casilla judicial dentro del término correspondiente.
AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA
SECRETARIA
Hay firma y sello
PAC/112022/AT