JUICIO EJECUTIVO No. 17325-2014-0840

REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL
A: ROSA ELVIRA ZAMBRANO RODRIGUEZ
ACTOR: BANCO GUAYAQUIL S.A.
DEMANDADA: ROSA ELVIRA ZAMBRANO RODRIGUEZ,
JUICIO EJECUTIVO No. 17325-2014-0840
CUANTIA: $9.500,00
OBJETO: COBRO CRÉDITO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 29 de septiembre del 2014, las 09h46. VISTOS: Agréguese al proceso escrito que antecede. En lo principal, la demanda que antecede es clara precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. Dese el trámite ejecutivo. La demandada en el término de tres días cumpla con la obligación exigida o proponga las excepciones a las que se crea asistida. Cítese a la demandada ROSA ELVIRA ZAMBRANO RODRIGUEZ, deudora principal; en el lugar que se indica para el efecto, remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la actora debidamente justificada con el documento que se acompaña, casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Notifíquese. f) Dr. Paul Narváez Narváez Juez.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 8 de mayo del 2017, las 09h29. Avoco conocimiento en calidad de Juez encargado con el número de acción de personal No. 3664-DP17-2017-MP desde el 2 al 12 de mayo del 2017. Agréguese a los autos el escrito que antecede. En mérito del juramento rendido por el actor en la calidad que obra de autos, sobre la imposibilidad de determinar la residencia de la demandada, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia a la demandada señora ROSA ELVIRA ZAMBRANO RODRIGUEZ, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente. Se requiere a la parte actora para que acuda a esta Unidad Judicial a fin que retire el extracto y suscriba el recibo correspondiente. NOTIFÍQUESE f) Dr. Zambrano Ortiz Wilmer Ismael. Juez
Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley.
Ab. Alejandra Lahuatte
SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL
Hay firma y sello
PAR/106426/AT