CAUSA No: 18334-2018-05412

AVISO JUDICIAL

EXTRACTO UNIDAD

JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

EN AUTO DICTADO CON FECHA lunes 14 de enero del 2019, las 10h50, POR LA DRA. AMNELORE ELIZABETH LOAYZA JARAMILLO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO, SE HA DISPUESTO CITAR POR LA PRENSA A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE LOS SEÑORES ORTIZ MARTINEZ LUIS AURELIO, ROBLES VILLACIS CLEOTILDE, ORTIZ ROBLES ZOILA VICTORIA, ORTIZ ROBLES HECTOR PALOMINO, ORTIZ ABRIL GLORIA ERNESTINA Y ORTIZ ABRIL FAUSTO ISAIAS, CON LA DEMANDA ORDINARIA-PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, PROPUESTA POR LA SEÑORA CORDOVILLA ORTIZ ROSA ADELAIDA, EN CONTRA DE ORTIZ ROBLES MESIAS YUCEL y OTROS

CLASE DE JUICIO: ORDINARIO

JUEZA: AMNELORE ELIZABETH LOAYZA J.

ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

ACTOR: CORDOVILLA ORTIZ ROSA ADELAIDA

DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE LOS SEÑORES ORTIZ MARTINEZ LUIS AURELIO, ROBLES VILLACIS CLEOTILDE, ORTIZ ROBLES ZOILA VICTORIA, ORTIZ ROBLES HECTOR PALOMINO, ORTIZ ABRIL GLORIA ERNESTINA Y ORTIZ ABRIL FAUSTO ISAIAS

SECRETARIO ( E ): AB. ALEX SORIA VITERI.

INICIO DE DEMANDA: 26-12-2018

CAUSA No: 18334-2018-05412

CUANTIA: INDETERMINADA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.- Ambato, lunes 14 de enero del 2019, las 10h50, Causa No. 2018-05412 VISTOS: Dra. Amnelore Loayza Jaramillo; en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil del Cantón Ambato; avoco conocimiento en la presente causa, en virtud del sorteo que antecede.- En lo principal se dispone: 1.- CALIFICACION: La demanda ORDINARIA presentada por PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, por la señora CORDOVILLA ORTIZ ROSA ADELAIDA, en contra de los señores ORTIZ ROBLES MESIAS YUCEL y OTROS. 2.- De la revisión preliminar de la documentación adjunta, y, sin perjuicio de lo que la parte demandada pueda alegar al respecto, y de la demanda, en lo formal, cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico General de Procesos (COGEP) artículos 142 y 143, por lo que se la califica de clara y completa; y se la admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 3.- INSCRIPCIÓN DEMANDA.- De conformidad al inciso quinto del Art. 146 del COGEP, al tratarse la presente causa, de un proceso que versa sobre dominio se dispone la INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA del bien inmueble materia de la controversia, en el Registro Municipal de la Propiedad del cantón Ambato, para lo cual, ofíciese a la mencionada Autoridad a fin de que tome nota de la presente en los libros a su cargo.- Debiendo remitir copias necesarias, incluso de éste auto, para su pleno conocimiento.- 4.- CITACIÓN: 4.1.- Se dispone citar a los demandados señores ORTIZ ROBLES MESIAS YUCEL, CÉSAR ABIGAIL, LUIS OSWALDO, HILDA ROMELIA, SANTIAGO MANUEL, ELSA AGRIPINA, MARTHA GUILLERMINA y MARCO BUENAVENTURA, de acuerdo con lo dispuesto en el COGEP artículos 54 o 55, debiendo el citador estar a lo dispuesto en el Art. 63 Ibídem.- Para el cumplimiento del acto de citación adjúntese fotocopia de la demanda, copias de los anuncios de prueba documental aparejada a la misma, y este auto inicial, para cada uno de los demandados, documentación que deberá ser obtenida a través de la oficina de Gestores del Archivo del Complejo Judicial.- Para la práctica de la diligencia confiérase Comisión dirigida al señor Teniente Político de la Parroquia Augusto N. Martínez, Cantón Ambato; provincia de Tungurahua; para los fines de Ley; previo el requerimiento del accionante y BAJO SU RESPONSABILIDAD, en caso contrario. 4.2.- Y a los demandados señores herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue los señores ORTIZ MARTINEZ LUIS AURELIO, ROBLES VILLACIS CLEOTILDE, ORTIZ ROBLES ZOILA VICTORIA, ORTIZ ROBLES HECTOR PALOMINO, ORTIZ ABRIL GLORIA ERNESTINA Y ORTIZ ABRIL FAUSTO ISAIAS, por haberse cumplido con lo dispuesto en el COGEP artículos art. 56 numeral 1, e inciso 2; y, 58, confiérase por secretaria el extracto para su legal cumplimiento, previo el requerimiento del accionante.- 4.3.- Cítese al señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal de Ambato, a quienes se les notificara en sus despachos para los fines de Ley, despréndanse los correspondientes despachos.- 5.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: En aplicación del artículo 291, del COGEP se concede el TÉRMINO DE TREINTA (30) días para que la parte demandada CONTESTE la demanda conforme los artículo 151, 152, y 153 del mismo Código. 6.- PRUEBA: El anuncio de los medios de prueba propuesto por el accionante en su demanda, deberán ser tomados en cuenta por el demandado a fin de que contradiga los mismos; de conformidad al Art. 294 numeral 7 ibídem, en la Audiencia Preliminar, se anunciará la totalidad de los medios de prueba de forma oral, a fin de respetar el principio de contradicción, hecho lo cual será ADMITIDA de ser pertinentes, útiles y conducentes de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos, o se excluirá, rechazará o inadmitirá de ser el caso. La parte actora deberá considerar lo dispuesto en los Art. 245 y siguientes del COGEP respecto del abandono. 7.- Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico que se señalan; así como la autorización que realiza el actor a su Abogado Patrocinador en la presente causa.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. AMNELORE ELIZEBETH LOAYZA JARAMILLO. JUEZ. Certifico. Dr. Ramiro Garcés S. SECRETARIO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.- Ambato, miércoles 3 de abril del 2019, las 16h05, Vistos: El escrito que antecede agréguese a los autos, proveyendo lo solicitado, cúmplase con la citaciones dispuestas en el auto de calificación, mediante un periódico de amplia circulación del lugar, dejando a discrecionalidad de la parte actora en cual diario realizarlo.- Notifíquese. f) DRA. AMNELORE ELIZEBETH LOAYZA JARAMILLO. JUEZ. Certifico. Dr. Ramiro Garcés S. SECRETARIO.

LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES; A FIN DE QUE LOS INTERESADOS SEÑALEN CASILLERO JUDICIAL PARA SUS NOTIFICACIONES Y EJERZAN SU DERECHO DEL QUE SE CREAN ASISTIDOS. Ambato, 12 de Abril de 2019.

Firma ilegible

AB. ALEX SOERIA VITERI.

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL

CIVIL DEL CANTÓN AMBATO ( E )

Hay un sello

P*151099/18334-2018-05412