SRI anuncia el inicio de controles a freelancers

HECHO. Los freelancers debe declarar sus ingresos como exportación de servicios.

El Servicio de Rentas Internas asegura que ha detectado que profesionales que prestan sus servicios de forma remota (virtual) a empresas extranjeras no están declarando todos sus ingresos. Conozca que obligaciones tributarios debe cumplir si es freelancer. 

El Servicio de Rentas Internas (SRI) inició controles a los profesionales que prestan sus servicios de forma remota (virtual) a empresas extranjeras y que reciben un pago desde el exterior, lo que se configura en una exportación de servicios por lo que deben declarar y pagar sus impuestos en Ecuador. Estos profesionales son usualmente conocidos como freelancers.

El SRI ha detectado que los ingresos que estos profesionales reciben desde el exterior no han sido considerados como parte de los ingresos gravables en las declaraciones de impuesto a la renta.

Ante esta situación el SRI recuerda a la ciudadanía que toda actividad económica debe ser reportada e inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en un plazo no mayor a 30 días y cumplir con las obligaciones tributarias de conformidad a la legislación tributaria vigente.

Los contribuyentes denominados “freelancers” que prestan sus servicios de forma telemática (online) deben cumplir con los siguientes deberes tributarios:

1.- Inscripción en el RUC con la actividad de “Prestación de servicios profesionales”.

2.- Emisión de comprobantes de venta: facturación electrónica.

3.- Llevar los registros de ingresos y gastos relacionados con la actividad económica.

4.-  Realizar las declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e impuesto a la renta.

En el caso del IVA, acuerdo con el SRI,  los ingresos deben ser declarados como “Exportación de Servicios” en los casilleros 408 y 418.

Para renta, los ingresos deben ser declarados en el casillero 612 “Ingresos Gravados en Libre ejercicio profesional”.

Hay que recordar que, durante este mes de marzo de 2024, se debe declarar el impuesto a la renta causado en 2023.

La declaración de impuesto a la renta es obligatoria si generó ingresos anuales de más de $11.722 o $977 al mes. (JS)

 

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