Reformas al COIP: Henry Kronfle suspende sesión; el correísmo enfrenta dificultades

ASAMBLEA Fernando Cedeño (Revolución Ciudadana) presidente de la Comisión de Justicia.

La aprobación de la reforma requiere 70 votos, según se establece en la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). El correismo tiene 51 curules.

La intención del movimiento Revolución Ciudadana de incorporar una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que se revisen las sentencias condenatorias ejecutoriadas, tendrá que seguir esperando.

El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle (PSC) suspendió hoy, 15 de febrero de 2024, una sesión plenaria donde la Comisión de Justicia, controlada por el correismo pretendía que se apruebe un informe en el que se incorporó varios cambios al Código Penal.

Entre las reformas al COIP catalogadas como «polémicas» está el artículo 79, en el que se añaden dos causales que permiten la revisión de una sentencia, en primer lugar; por vicios de procedimiento insubsanables o graves violaciones al debido proceso; y, en segundo lugar, acogiendo los fallos emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos o comités de derechos humanos de las Naciones Unidas.

En el artículo 71 de la reforma al COIP, se incluyó la obligación que tendría la fiscalía general del Estado de informar a la Asamblea Nacional sobre cualquier caso que se encuentre en investigación, aunque esté apenas en indagación previa.

Con las reformas al COIP, el correismo también intentaba obligar a la fiscalía general del Estado (FGE) a entregar información reservada al Parlamento e incluso a organismos como el Consejo de la Judicatura, y a la Contraloría.  Si se llega a aprobar la reforma, la Fiscalía también tendría archivar investigaciones previas de delitos aún no prescritos.

Fernando Cedeño (Revolución Ciudadana), presidente de la Comisión de Justicia, destacó que el informe se aprobó de manera unánime el 9 de febrero de 2024 (Revolución Ciudadana, PSC, ADN, Gente Buena, Independiente).

Sin embargo, en la sesión del pleno del Legislativo de hoy, 15 de febrero, Vicente Taiano (PSC), modificó su criterio, y enfatizó que no se puede levantar la reserva de la investigación previa. «Quien lo hace comete un delito penal; no se puede entorpecer la investigación de la Fiscalía», dijo.

El PSC también se pronunció en contra de la revisión de las sentencias condenatorias ejecutoriadas. «Respaldar este punto sería atropellar la esencia de figura legal”, agregó Taiano.

Taiano coincidió con los criterios de los movimientos Construye y Gente Buena, que en el debate en el pleno pidieron el archivo de estos artículos, y que el texto de la reforma regrese a la Comisión y se proceda a una modificación de la propuesta para que, en ocho días sea conocida en el pleno. «No sé a qué le tienen miedo», respondió Fernando Cedeño es una intervención posterior.

La aprobación de la reforma al COIP requiere 70 votos, según como se establece en la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). (SC)

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