La nueva Ley de Comunicación inaugura la autorregulación y la vigilancia a los medios públicos

El viernes, el presidente Lasso promulgó la Ley Comunicación.

Los medios ya no tendrán que responder a ninguna entidad de control de contenidos. Conozca otros cambios que favorecen a la libertad de expresión de ciudadanos y periodistas.

La Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Comunicación, de 35 artículos, tres disposiciones generales, dos transitorias y una reformatoria, trae cambios que están encaminados a reforzar la circulación de ideas en el internet y los medios de comunicación. También transformaciones fundamentales para los medios públicos.

Hay otros que no constan en esta legislación. Estos tienen que ver con la eliminación de las pretensiones de la mayoría opositora en la Asamblea Nacional para censurar a los medios y que fue revertido por el veto por inconstitucionalidad del presidente Guillermo Lasso y la sentencia de la Corte Constitucional.

Esto implicó que en la nueva legislación no consten, por ejemplo, la censura previa, la responsabilidad ulterior, la determinación de información verdadera y falsa, y la creación de consejos ciudadanos. Estas aspiraciones, en especial, fueron del correísmo.

La firma de promulgación de la nueva norma fue el viernes. El presidente Guillermo Lasso dijo que con el cambio legal se tira al tacho de la basura de la historia la anterior ley moradaza, que nació en 2013.

A continuación algunos de los aspectos  más relevantes de la nueva ley, tan celebrada por el Gobierno.

La autorregulación

Los medios de comunicación regularán su propio comportamiento, relaciones internas y externas, por medio de códigos de ética o de conducta, políticas editoriales. La ley dice: “en ningún caso por estándares o regulaciones impuestas por el Estado”. Esto cambia lo que se aplicó en la era del correísmo con un control duro a los contenidos en los medios. Uno de los principios para este punto es que el Estado garantizará el ejercicio del periodismo, la seguridad integral y la vida de los trabajadores de la comunicación y sus familias.

Opinión en Internet sin censores

El Estado, dice el cambio normativo, garantizará la libertad de expresión en internet y “no regula las expresiones y opiniones personales emitidas en redes sociales”. El correísmo tenía la intención de regular portales digitales y las redes sociales.

Réplica y los compromisos internacionales

Las personas que se sintieran afectadas por contenidos en los medios donde sean aludidos dignidad hora o reputación pueden pedir una réplica. Pero si no hay respuesta, pueden acudir a la Defensoría del Pueblo para que inicie los procesos de protección de derechos, bajo normas constitucionales. Lo que abre la posibilidad proteger aún más la libertad de expresión por el respeto estatal a tratados y convenios internacionales de los que el país es signatario.

De cualquier forma, los medios están obligados a participar en talleres de capacitación sobre verificación, contrastación de la información y temas relacionados a vulneraciones de DD.HH.. Esto a través del Consejo de Información.

Cambios en los asuntos judiciales

La ley prohíbe expresamente publicar imágenes de menores de edad que permitan identificarlos, siempre que estén involucrados en asuntos penales, y a menores de edad o mujeres víctimas de violencia de género, a menos que los medios cuenten con autorización. Lo demás, como publicación de la identidad de personas mayores de edad involucradas en asuntos penales, es permitido.

Los grupos políticos deben alejarse de los medios públicos

La nueva ley tiene un mandato para los medios del gobierno nacional y de los gobiernos locales para que los contenidos sean para todos los públicos, manteniendo una programación generalista que se diferencie a otros medios, con valor cultural y educativo. Estos medios, ahora, deben “garantizar su independencia tanto de la injerencia de poderes políticos como de las presiones del mercado”.

Veedurías para medios públicos

La ley establece que se pueden crear veedurías, asambleas ciudadanas para el control, evaluación y verificación de la gestión de los medios públicos.

Protección a trabajadores de la comunicación

La nueva legislación establece que el Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación, elaborará y coordinará todo lo relacionado con la protección para los trabajadores de la comunicación cuyas actividades sean de riesgo. Es decir, en temas relacionados con narcotráfico, corrupción, contrabando, minería ilegal, trata de personas, entre otros. Así, se crea el mecanismo de prevención u protección del trabajo periodístico como una instancia estatal para garantizar la seguridad del trabajo periodístico.

Mensajes violentos prohibidos

La ley establece la prohibición de difusión en medios de comunicación de todo mensaje que constituya incitación directa o estimulo expreso al “uso ilegítimo de la violencia”.

Ayuda para medios comunitarios

Esta legislación establece que se debe crear y fortalecer el ecosistema de medios comunitarios, dirigidos y administrados por organizaciones sociales, comunas, pueblos y nacionalidad indígenas, afroecuatorianas, montubias y migrantes. El Estado, dice la ley, establecerá un Fondo Permanente de Fomento para compra e instalación de equipamiento. Sin embargo, las fuentes de financiamiento serán determinadas en el reglamento de la ley y aclara que no implican asignación presupuestaria estatal.

Estos medios tendrán tarifas preferenciales de pago de agua luz y teléfono. Crédito preferente, aunque en este punto no especifica en qué sector bancario o tipo de crédito.

Además, con la ley contarán con exenciones de impuestos para la importación de equipos. Finalmente, la inversión publica en publicidad y propaganda también debe ir a los medios comunitarios, en un 34%. (DLH)