Constitución de 2008 incidió en aumento de necesidades presupuestarias para la Función Judicial

DECISIÓN. La CNJ pasó de tener 31 a 21 jueces, pero aumentó 21 conjueces con igual remuneración que los primeros. Foto: Archivo.
DECISIÓN. La CNJ pasó de tener 31 a 21 jueces, pero aumentó 21 conjueces con igual remuneración que los primeros. Foto: Archivo.

La Constitución de 2008 no previó que este nuevo modelo de gestión iba a demandar en el futuro inmediato, mayores necesidades presupuestarias.

La Constitución aprobada en la Asamblea Constituyente en Montecristi (Manabí), en 2008, durante el régimen de Rafael Correa introdujo cambios en la estructura orgánica e incidió directamente en el aumento de necesidades y presupuesto para la Función Judicial.

Quince años después de estos cambios, se reabre el debate sobre los problemas que enfrenta la administración de Justicia y la necesidad de un nuevo modelo de prestación de servicio que garantice la tutela judicial.

Con la Constitución de Montecristi, la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que reemplazó a la Corte Suprema de Justicia, pasó de tener 31 jueces a 21, pero aumentó 21 conjueces con igual remuneración que los primeros, y con la doble función de reemplazar temporalmente a jueces titulares, y la de resolver la admisibilidad de los recursos de casación.

“La demagogia de 2008 se impuso a la razón”, comentó José Alomía, presidente encargado de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador (Fenae), y señaló que en esa época “no se entendió que el nuevo modelo de servicio iba a requerir mayor presupuesto cada año”.

Otra polémica decisión que se incorporó en la Constitución fue que el acceso a la Justicia, en todas las materias, sea gratuito. Por tanto, eliminó las tasas judiciales que significaban “un gran alivio” y de carácter permanente para el desarrollo de la infraestructura física y tecnológica de la Función Judicial.

Actualmente, los ingresos actuales por derechos notariales, y otros, van directo a la Cuenta Única del Tesoro Nacional, ocasionado mayor dependencia económica de esta función del Estado hacia el poder Ejecutivo que es el encargado de administrar el Presupuesto General del Estado (PGE).

Asistencia gratuita

Igualmente, la Defensoría Pública pasó a ser una política pública que requiere cada vez más presupuesto para el cumplimiento de sus actividades.

Si antes de la expedición de la nueva Constitución el número de defensores públicos, y las actividades que ellos desplegaba eran muy reducidos, con el cambio en el modelo de gestión de la administración de Justicia, su actual actividad significa un alto porcentaje de las defensas profesionales, no solo a personas de escasos recursos económicos. “Su ámbito de acción se multiplicó al extremo que, en materias penal o de tránsito es obligación de la Función Judicial, otorgar el servicio de asistencia técnica jurídica gratuita a quien lo requiera”.

Según Alomía, esto “jamás” fue tomado en cuenta con responsabilidad para la definición del Presupuesto necesario, “peor para épocas en las que los ingresos para el Presupuesto General, son mínimos”.

Infraestructura

El modelo de gestión de la administración de Justicia implicó la creación de más edificios y mayor tecnología. El incremento de estas unidades judiciales en diferentes sitios, distantes uno de otros, ocasionó un mayor egreso presupuestario para cubrir sueldos de más personal técnico, administrativo y jurisdiccional de cada una de estas, así como el mantenimiento de esa infraestructura.  Sin embargo, la Constitución no anticipó que este modelo de gestión iba a demandar, en el futuro inmediato, mayores necesidades presupuestarias.

Alomía alertó que la solución de esta problemática requiere de estudios técnicos y mesas permanentes de trabajo que establezcan y cuantifiquen necesidades permanentes y un presupuesto adecuado para el cabal cumplimiento de las atribuciones conforme los derechos a la tutela judicial y gratuidad de sus servicios.

“Por eso es importante y valioso el paso que dio el presidente de la Judicatura, Wilman Terán,” con la consecuente respuesta de la jueza, Cecilia Pareja que declaró la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de los usuarios del sistema por la falta de un presupuesto óptimo para el Sistema de Justicia.

La magistrada también ordenó que en un plazo de 30 días, a través de mesas técnicas, se genere una solución presupuestaria. (SC)

En 2009 se crearon más dependencias judiciales

Para la Federación de Abogados, el Código Orgánico de la Función Judicial en vigencia desde 2009, con el que se crearon nuevas dependencias judiciales: juzgado de contravenciones, de garantías penitenciarias, de violencia contra la mujer y la familia, también devino en la necesidad “urgente” de aumentar el número de jueces en todas las materias.

Un estudio sobre el aumento de jueces reflejó que este número sobrepasó el 400% del existente hasta 2011. “Nunca el presupuesto para la Función Judicial creció en ese porcentaje, sin contar con el crecimiento del aparato administrativo, indispensable o no, que significó un Consejo de la Judicatura con más atribuciones que el creado en 1998”, indicó la Federación.

El Código Orgánico de la Función Judicial fue publicado en el Suplemento del Registro Oficial 544 del 9 de marzo de 2009.