Juicio político: Exsecretaria Anticorrupción pide inadmitir solicitud de interpelación planteado en su contra

CUESTIONAMIENTOS Ana Belén Cordero, exsecretaria Anticorrupción pide desestimar solicitud de juicio político.

Ana Belén Cordero, exsecretaria Anticorrupción dijo que la solicitud carece de sentido pues la Secretaría que estuvo a su cargo no es sujeto de juicio político como lo estipula el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Ana Belén Cordero, exsecretaria de Política Pública Anticorrupción, pidió al Consejo de Administración de la Legislatura (CAL), inadmitir la solicitud de enjuiciamiento político planteado en su contra por la asambleísta nacional, Lucía Jaramillo.

“Un juicio político, por poner a disposición de la ciudadanía una App para levantar alertas preventivas de corrupción -que pueden ser alertas anónimas como todo canal preventivo en el mundo- es un absurdo”, dijo Cordero en un oficio remitido el 14 de abril de 2024 a las autoridades del CAL que, en las próximas horas tendría previsto avocar conocimiento de la solicitud de interpelación.

Afirmó que el pedido carece de sentido, además de ser «abiertamente ilegal» pues la Secretaría de Política Pública Anticorrupción (SPPA) no es sujeto de juicio político.

En su argumentación, mencionó el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) que señala que los juicios políticos caben contra ministros, pero en el caso de los secretarios de Estado, caben únicamente contra aquellos que ejerzan funciones de rectoría, es decir, quienes puedan emitir políticas públicas directamente. Esta reforma, señaló Cordero, fue aprobada en el año 2020 por la Comisión de Justicia y el Pleno de la época.

Dijo que, esto ha sido dispuesto también por la Corte Constitucional en el Dictamen Interpretativo 1-11-IC/20, en el cual se definió que el criterio aplicable es determinar si el funcionario ejerce rectoría de políticas públicas, conforme el artículo 154 de la Constitución, definida como «la capacidad de emitir políticas públicas que orientan las acciones para el logro de los objetivos y metas del desarrollo (…)».

La SPPA, creada por Decreto Ejecutivo 412, no tiene rango de «Secretaría Nacional» ni en ningún artículo se le otorgan funciones de rectoría ni capacidad de emitir políticas públicas directamente.

“Al contrario, el artículo 2 señala claramente que el diseño de políticas de integridad pública y estrategias anticorrupción a su cargo debe ponerse a consideración para la aprobación del presidente de la República”, recordó.

Alertó, que, si el CAL califica esta petición, faltaría a la ley y al dictamen.  Incluso, señaló que la Corte Constitucional podría activar la fase de seguimiento del dictamen incumplido o incluso sería procedente la acción por incumpliendo que puede acarrear hasta la destitución de quienes lo infrinjan e incurriendo en un incumplimiento de funciones conforme al artículo 14 de la LOFL.

Adicionalmente, subrayó Cordero, la solicitud de enjuiciamiento político no adjunta la prueba anunciada, se equivoca en la dirección física y electrónica, y otros errores que impiden que el juicio político sea calificado.

La exfuncionaria del gobierno del entonces presidente Guillermo Lasso, exhortó a los legisladores no distraerse frente al único enemigo común que tiene el Ecuador: la inseguridad y la delincuencia organizada.

Lucia Jaramillo, salió en defensa de su solicitud, y en sus redes sociales comentó que un secretario de Estado tiene el mismo rango y responsabilidad de un ministro.

“Esconder o eludir sin motivos la responsabilidad política es algo que no cabe, el pueblo necesita respuestas”, señaló, tras sostener que las apreciaciones de la exsecretaria Anticorrupción serán escuchadas dentro del proceso. “Nosotros hemos sustentado esta solicitud en los hechos no en conjeturas”, aseguró. (SC)

NOTA RELACIONADA

Ana Belén Cordero: próximo gobierno podría acoger la Política Pública Anticorrupción – Diario La Hora