El país, sin política pública para afrontar crisis carcelaria

En el Ecuador existen 37 centros de rehabilitación social.

Ministerio de Gobierno y sociedad coinciden en falta de marco normativo para enfrentar el problema. Se proponen reformas legales y creación de política pública.

El presidente Guillermo Lasso dictó cuatro medidas la tarde de este jueves 22 de julio de 2021 para enfrentar la crisis en  las cárceles del país. Pero ninguna de estas incluye la designación del titular para el Directorio de Organismo Técnico, ente encargado de la regulación y planificación del Sistema Nacional de Rehabilitación Social.

La ausencia de ese funcionario genera que, hasta el momento, las ocho instituciones que conforman el Directorio no puedan definir y evaluar la política pública del Sistema Nacional de Rehabilitación Social.

Actualmente, el marco jurídico que cobija al sistema de rehabilitación social es la Constitución, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y el reglamento del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI). Sin embargo, a criterio de Vianca Gavilánez, abogada  de la Fundación Dignidad, es fundamental la creación de una política pública integral que dé respuesta a la grave situación que se vive en las cárceles.

La jurista señala que a raíz de la masacre de febrero de 2021, que causó la muerte de 83 personas privadas de la libertad, los jueces constitucionales emitieron dos sentencias que obligan al Estado ecuatoriano a conformar mesas de trabajo para la construcción de una política pública. Sin embargo, cinco meses después, dichas mesas entre Estado y sociedad civil no se han conformado, explica la abogada.

Esta preocupación sobre la falta de una normativa también la tiene el mismo Estado. El Ministerio de Gobierno presentó ante la Comisión de Soberanía de la Asamblea Nacional cuatro propuesta de normativa para fortalecer la institucionalidad.

  • Crear una Ley Orgánica de Régimen Penitenciario
  • Valorar los procesos abreviados en casos de reincidencia
  • Establecer un régimen especial penitenciario a través de reformas al COIP
  • Reformas al Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y a la Ley Orgánica de Servicio Público para institucionalizar el cuerpo de vigilancia.

Vianca Gavilánez dice que estas reformas continúan el  carácter punitivo del sistema carcelario, que mira a las personas privadas de la libertad como personas que pierden todos los derechos. La jurista precisa que un interno solo pierde el derecho a la libertad, mientras que los otros derechos los sigue conservando como el derecho a la vida, a la dignidad, al trabajo, a la alimentación, entre otros.

Plantea que la política pública deba incluir:

  • Los estándares internacionales de derechos humanos y las Reglas Mandela, de Bangkok y de Tokio para procurar el buen funcionamiento de la estructura carcelaria
  • Mecanismos para la prevención de la tortura
  • Cambiar la visión del sistema penitenciario como un centro de castigo, por uno de un espacio de rehabilitación y resocialización
  • Asignación adecuada de presupuesto para el sistema penitenciario
  • Depurar la corrupción al interior de las cárceles. (MC)

Dato:

En los últimos 13 años se ha triplicado la población carcelaria. De 13 mil personas privadas de la libertad que se registraba en 2008, se incrementó a 40 mil recluidos en 2021, en  37 cárceles a nivel nacional.

TE PUEDE INTERESAR:

¿Cuándo compiten nuestros deportistas? Conócelo en el especial Salto alto a Tokio