Emprendedores y clientes se benefician de la eliminación de la retención de impuestos en los pagos con tarjeta

La medida, vigente desde el 19 de julio de 2023, genera más liquidez en los negocios y desincentiva que los emprendedores carguen valores adicionales a sus clientes por las compras con tarjeta. 

El Servicio de Rentas Internas (SRI), a través de la circular No. NAC-DGECCGC23-00000004 del 19 de julio de 2023, comunicó que la eliminación de la retención en la fuente para los contribuyentes Negocios Populares y Microempresas (Rimpe).

Esta circular se emitió a efectos de aclarar y fortalecer la aplicación del artículo 16 del Decreto Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, publicado el 20 de junio de 2023, el cual dispuso la no retención del IR ni el IVA a los contribuyentes categorizados como Rimpe emprendedores cuando los pagos se realicen a través de tarjetas de crédito, débito, convenios de recaudación o de débito, u otros medios electrónicos de pago.

De acuerdo con la circular, la medida es de aplicación inmediata para las instituciones del sistema financiero nacional y para las empresas emisoras de tarjetas de crédito.

En el caso de los contribuyentes categorizados como negocios populares independiente del medio de pago, estos no están sujetos a retenciones en la fuente respecto a las actividades incluidas en el Régimen; sin embargo, también pueden utilizar los medios electrónicos de pago dentro de sus operaciones.

¿ Cómo entender el beneficio con un ejemplo práctico?

Juan, que está registrado como contribuyente Rimpe, y dueño de una zapatería, vende zapatos a $100 más el 12% (USD 12) de IVA.

Entonces, si un cliente (consumidor final – no agente de retención) compra esos zapatos en efectivo, debe pagar $112.

Con esa venta en efectivo, Juan tendrá al instante dinero en su bolsillo. Esos $12 (de IVA) se convierten en flujo de caja hasta que Juan realice la declaración del IVA en el SRI, la cual se hace cada seis meses en el caso de los contribuyentes que pertenecen al Régimen Rimpe emprendedores.

Es decir, esos $12 por concepto de IVA se quedan en el local comercial al menos seis meses, lo que permite contar con más capital de trabajo para rotar en inventario.

Pero ¿qué pasaba antes si la compra de esos zapatos hubiera sido por medios de pago electrónicos como tarjeta de crédito / débito u otros medios electrónicos de pago?

En este caso, Juan vendía su producto a $112, donde se incluía el 12% del IVA. Pero, como el Banco era agente de retención del IVA e IR por ser el emisor de la tarjeta, este le restaba a Juan, por concepto de retención, los siguientes valores del total de la transacción:

1. Del precio de venta de los zapatos ($100), el Banco retenía el 1% del IR ($1), el cual puede llegar hasta el 2%.

2. Del 12% del IVA, la entidad financiera retenía el 30% ($3,60) por bienes, como la venta de zapatos.

Es decir, con la venta de un par de zapatos por $112 a través de medios electrónicos de pago, la entidad financiera -por mandato legal- le restaba $4,60 a Juan por concepto de la retención del 1% del IR y por la retención del 30% del IVA en la venta de bienes (zapatos).

En aquel momento, este tipo de transacciones -a través de medios electrónicos de pago, como las tarjetas de crédito y débito-generaba un desincentivo a los emprendedores porque les quitaba liquidez y la disponibilidad de recursos inmediatos.

Por eso, emprendedores como Juan preferían comercializar sus productos en efectivo porque así mantenían el total de la venta -en sus bolsillos- durante seis meses.

Y, si la operación era a través de una tarjeta de crédito, por ejemplo, los contribuyentes del Régimen Rimpe emprendedores estaban tentados a decir a sus clientes: “Si paga con tarjeta le voy a cobrar los descuentos que me hace la entidad financiera: IR, IVA y el costo por el servicio de la tarjeta”.

Generalmente, los contribuyentes del Régimen Rimpe emprendedores aumentaban el 8% al total de la factura de los zapatos en su objetivo de obtener más liquidez.

Esa maniobra generaba molestias a los clientes, pues, si deseaban comprar un producto o servicio debían pagar más si usaban medios electrónicos de pago, pero, si querían pagar en efectivo, tenían que destinar tiempo para retirar dinero en una agencia bancaria o en un cajero automático.

Reforma necesaria para una mayor inclusión financiera

Con la reforma, se eliminó las dos retenciones (IVA e IR) cuando la venta de los productos se realice a través de tarjetas de crédito, débito, convenios de recaudación o de débito, u otros medios electrónicos de pago.

Es decir, en adelante, si un par de zapatos tiene un costo de $112 (incluye IVA), no se le restará los porcentajes de IVA e IR establecidos en la norma.

Estos recursos le permitirán tener a estos contribuyentes un flujo de caja constante para seguir aumentando la producción de calzado.

Además, los clientes podrán adquirir -sin restricciones- bienes y servicios con la tarjeta u otro medio de pago electrónico.

Marco Rodríguez, presidente Ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados (Asobanca), señaló que este cambio normativo impulsará a los emprendedores del país pues más personas usarán como medio de pago las tarjetas de crédito y débito, así como las transacciones bancarias por canales digitales. Además, recomienda el uso de estos medios de pago porque son más seguros y eficientes a la hora de realizar y recibir dinero.

“Los emprendedores se sentirán más motivados a transaccionar sus productos por medio de una tarjeta de crédito o de débito o por transferencias. Los clientes también estarán motivados a transaccionar por medio de este tipo de pagos porque ya no recibirán el recargo que, usualmente, les hacía el local comercial”, dijo.

Mientras tanto, el director general del SRI, Francisco Briones, reconoció que “con esta medida seguimos impulsando a los emprendedores al reducir sus costos, mejorar su flujo de caja e impulsar el uso de medios electrónicos de pago en lugar del efectivo al reducir los costos transaccionales”.

En Ecuador, el uso de las tarjetas es cada vez más frecuente. Las tarjetas de crédito están consideradas como uno de los primeros canales para acceder a financiamiento formal con mayor rapidez, seguridad y facilidad a la hora de realizar las transacciones, por lo que se convierten en una herramienta importante que contribuye a la inclusión financiera y, por ende, al bienestar financiero.

Según la publicación ABC de las Tarjetas de Crédito (Asobanca, marzo 2023), en 2022, los bancos privados de Ecuador entregaron $18.639 millones en nuevos créditos por medio de tarjetas de crédito activas a través de 90.325.174 de operaciones. Esto significa que los consumos realizados alcanzaron -en promedio- los  $206.

En 2022 fueron 2.037.690 tarjetahabientes que hicieron consumos por medio de 3.842.521 tarjetas de crédito activas, es decir, aquellas tarjetas vigentes y que poseen consumos en este periodo de tiempo.

Y de ese total, 55.517 clientes accedieron por primera vez al sistema formal a través de una tarjeta de crédito en 2022. Ellos realizaron 202.683 operaciones con sus tarjetas por un monto de $47,5 millones, es decir, con consumos realizados -en promedio- de $234.

Luego de varios años de interacción entre la Asociación y el SRI, Asobanca considera que este cambio normativo es un logro impulsado por los bancos privados para apoyar a los emprendimientos, así como a los tarjetahabientes. (JS)

Negocios populares y microempresas ya no deben hacer retenciones de IVA y renta en pagos con tarjeta