Se suspenden temporalmente los requisitos para acceder a un aborto por violación

Desde 2021, los abortos por violación son despenalizados.

La Corte Constitucional admitió a trámite una acción de inconstitucionalidad que busca eliminar los requisitos formales para probar una violación y acceder a un aborto. En el auto de admisibilidad, se emitió una medida cautelar para que la víctima de violación acceda a un aborto sin denuncia, declaración juramentada o examen médico. La medida es temporal.

La sala de admisión de la Corte Constitucional (CC) del Ecuador, conformada por las juezas: Karla Andrade, Alejandra Cárdenas y Jhoel Escudero, dispuso:

  1. Admitir a trámite la Acción de Inconstitucionalidad de Actos Normativos Nº. 76-22- IN contra la Ley de Acceso a la Interrupción del Embarazo en caso de Violación
  2. Conceder la medida cautelar solicitada. En consecuencia, se suspende la vigencia del artículo 19 de la Ley Orgánica que Regula la Interrupción Voluntaria del Embaraza para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de Violación, hasta que la presente causa sea resuelta.

¿Cuáles son los requisitos que quedan sin efecto hasta que la Corte resuelva la causa?

  1. Que la víctima de violación o cualquier persona que haya conocido del hecho haya puesto una denuncia para que se investigue y sancione el delito; o,
  2. Que la víctima haya firmado una declaración jurada; en el caso de menores de edad, este documento debía firmar su representante legal o su cuidador, salvo que se trate del agresor, identificado por la mujer o niña; o
  3. Que se practique un examen de salud por el médico tratante que, bajo juramento, certifique que hay serios indicios de agresión sexual.

Aborto por violación sin autorización de padres

En julio de 2022, la CC estableció que  las niñas y adolescentes pueden acceder al aborto por violación si así lo deciden, «sin autorización de sus representantes legales o terceras personas», tras suspender la vigencia del artículo 5, literal g; artículo 12, literal 6 y artículo 22, literal 6 de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de violación, porque considera que existe la apariencia razonable de una «inminente vulneración al derecho a la integridad y autonomía de las sobrevivientes de violación».
La Corte aceptó las medidas cautelares solicitadas en una demanda de inconstitucionalidad por fondo hacia estos artículos, presentada por algunas madres por sus propios derechos y en representación de sus hijas.
Adicionalmente, la Corte resolvió acumular esta causa (N°. 76-22-IN) , al caso de inconstitucionalidad (N°. 41-22-IN) que analiza frente a otros aspectos de la Ley Orgánica que Regula la Interrupción del Embarazo en casos de Violación. (AVV)
TOMA NOTA
Para acceder a un aborto por violación se requiere llenar un formulario único y presentarlo en el Ministerio de Salud.
En esta guía, contamos el paso a paso: Cómo acceder a un aborto, en casos de violación, en Ecuador.
Última actualización: 29 de noviembre, 2022; aclara que la suspensión de los requisitos es únicamente temporal, hasta que la Corte resuelva la causa N°. 41-22-IN)