Corte Constitucional da un año más de plazo para desmontar la reforma tributaria de 2011

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ANALISIS. Las partes procesales expondrán sus argumentos sobre el derecho a una muerte digna. Foto: Archivo

La Corte declaró inconstitucional esa reforma a inicios de 2022 y dio como plazo hasta finales de 2023 para bajar el Impuesto a la Salida de Divisas del 5% al 2%, entre otros temas. Sin embargo, en una nueva decisión, amplía el plazo hasta finales de 2024. ¿Qué implicaciones tiene esto para el nuevo presidente?.

En enero de 2022, la Corte Constitucional (CC), a través de la sentencia No. 58-11-IN/22, declaró la inconstitucionalidad de la llamada Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado (reforma tributaria). Esta normativa fue aprobada en 2011 a través de un decreto-ley, sin votación en el pleno de la Asamblea.

Además, estableció que hasta el 31 de diciembre de 2023 se tenía plazo para desmontar todos los cambios incluidos en esa reforma tributaria del periodo de Rafael Correa.

Eso abarcaba, por ejemplo, bajar obligatoriamente la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) del 5% al 2% hasta esa fecha. El Gobierno de Lasso cumplió con ese tema y, mediante decreto ejecutivo, ya determinó que el ISD bajará hasta el 2% desde el 31 de diciembre próximo.

Sin embargo, en una nueva decisión, a través del AUTO 58-11-IN/23, los jueces constitucionales han establecido que se aplaza un año más, es decir hasta el 31 de diciembre de 2024, el desmonte de todo lo aprobado en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado.

Esto porque, debido a la muerte cruzada y la reciente inestabilidad política, no se ha podido constatar si se han hecho todos los cambios legales y normativos para cumplir con lo dispuesto en la primera sentencia.

Asimismo, se considera que la nueva Asamblea y el nuevo presidente tampoco tendrá mucho tiempo para constatar los temas que hayan quedado pendientes y evitar vacíos legales y presupuestarios al momento de que toda la reforma tributaria de 2011 quede completamente derogada a finales de 2023.

¿Qué implicaciones prácticas tiene la decisión de la Corte?

Según Javier Bustos, abogado tributario y docente universitario, en primer lugar, la decisión de la Corte permite que el nuevo presidente, Daniel Noboa, solo a través de un decreto ejecutivo (sin necesidad de ley), modifique el decreto de Lasso donde se ordenaba la reducción paulatina del ISD hasta el 2%.

Así, apenas sentado en Carondelet, Noboa podría volver a establecer el ISD al 5% por un año más hasta buscar una forma de compensar la recaudación de ese impuesto.

Los ingresos tributarios que llegan a la caja fiscal han ido a la baja durante todo 2023. La merma es mayor a los $500 millones hasta octubre comparado con 2022.

El ISD actualmente ya ha bajado del 5% al 3,5%, y está decretado que se reduzca hasta el 2% durante el 31 de diciembre de 2023. Solo con eso, el nuevo presidente tendría una merma adicional de $638,59 millones.

Ese escenario se puede revertir por decreto gracias a la última decisión de la Corte y evitar esa pérdida presupuestaria.

Por otro lado, por un año más, quedarían en vigencia otros temas de la reforma tributaria correistas como las deducciones de impuesto a la renta, el impuesto único al banano del 2%, tarifas de ICE (cigarrillos y bebidas alcohólicas), presunción del ISD en exportaciones, exención de ISD en dividendos, impuesto a las botellas plásticas (aunque este caso ya está aprobado un decreto ley que mantenía ese impuesto), creación de Comité de Política Tributaria, entre otros temas. (JS)