La documentación fue añadida al expediente la anterior semana. Los abogados revisan la información.
El seguimiento y posterior secuestro de Fernando Balda el 13 de mayo de 2012 provino de “la ejecución de órdenes directas dentro de una cadena de mando estructurada con varios niveles de planificación y ejecución”.
Esa es una las inferencias a las que llegó el perito que analizó la cadena de mando y la estructura estatal a la que pertenecían los exagentes Raúl Chicaiza y Diana Falcón, acusados de secuestro y asociación ilícita.
En el documento de 85 páginas del 11 de julio, conocido por los abogados de los seis procesados la anterior semana, se identifica la cadena desde la Presidencia hasta los ejecutores del plagio ocurrido en Bogotá.
Allí se explica que los seis responsables del secuestro mantuvieron reuniones con Chicaiza y Falcón, quienes coordinaban las acciones en Colombia.
En el momento del operativo, los dos se encontraban al mando del director general de Inteligencia, Fausto Tamayo, como certifica un oficio del 10 de mayo de 2018, donde se dispone que los dos policías pasen al control de Tamayo y “a disposición del Mando Institucional Policial y de la Senain (Secretaría Nacional de Inteligencia)”.
A la par, según las versiones anticipadas de Chicaiza y Falcón, “ambos se encontraban bajo la línea de mando del señor Pablo Romero Quezada, secretario nacional de Inteligencia”, “que tenía como superior jerárquico directo al presidente de la República” Rafael Correa, señala el peritaje.
Análisis pericial
Los elementos recabados por la Fiscalía, según el peritaje, “permiten inferir” que los exagentes estaban bajo el mando de Romero, recibían órdenes de él y le reportaban sus actividades en Bogotá.
También que “las disposiciones emitidas por el secretario de Inteligencia fueron ordenadas, conocidas y autorizadas por el presidente, Rafael Correa” y que los pagos que realizó Raúl Chicaiza a los ciudadanos colombianos sentenciados por el secuestro de Balda “fueron obtenidos de fondos públicos a cargo de la Senain”.
EL DATO
La audiencia preparatoria de juicio será el próximo lunes a las 10:00. Además, en función de la normativa vigente, que “las acciones de contratar personas en Colombia, con la finalidad de privar de la libertad a una persona, no están determinadas en las normas que regulan el Sistema de Inteligencia, ni la Policía Nacional”.
Por lo que, las acciones de los exagentes constituirían “un aparato de poder organizado por fuera del ordenamiento jurídico”.
A estas conclusiones llegó el perito después de los análisis jerárquicos de la Senain y de la Dirección General de Inteligencia (DGI), entre 2011 y 2014, y de la cadena de mando dentro de la estructura policial y estatal que está fijada en la Ley de Seguridad Pública y del Estado.
Criterios
“El Ejecutivo está al mando de toda la organización estatal, por lo tanto, debemos determinar hasta qué punto responde”, señaló Felipe Rodríguez, abogado de Balda, quien cree que el expresidente habría dado “una orden ilegal” de traer al país a Balda, pero sin especificar cómo hacerlo, lo cual habría sido idea de los exagentes. Sin embargo, “dar una orden ilegal acarrea consecuencias”.
Por su parte, Stalin Oviedo, abogado del exsecretario de Inteligencia, Pablo Romero, considera que el peritaje no es técnico. “El perito hace juicios de valor y determina responsabilidades”.
Según su criterio, el peritaje no incluye la compartimentación de información; es decir, la reserva a ciertos niveles jerárquicos. Por ejemplo, explica, Romero podría haber recibido una orden solicitando agentes, sin conocer para qué era. (AGO)