Defensoría del Pueblo cuestiona retiro de asilo y nacionalidad a Assange

Foto: AFP
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La Defensoría del Pueblo señala que la decisión del Gobierno de Ecuador de terminar el asilo diplomático y retirar la nacionalidad al fundador de WikiLeaks, Julian Assange, limita los derechos de nacionalidad (art. 6), asilo (art. 41), el principio de no devolución (art. 66. 14) y las garantías del debido proceso (art. 77) dentro de la Constitución de la República, la Ley de Movilidad Humana y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

En un comunicado oficial, la institución recalca que la decisión, la que según el canciller José Valencia se realiza acorde al principio de soberanía estatal, esta “no es absoluta cuando se pone en riesgo derechos humanos”.

Además, recuerda que la carta de naturalización otorgada a Assange únicamente puede anularse según lo establecido en el art. 81 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, dentro de lo cual no se ha determinado si se cumplió con el procedimiento y se garantizó el debido proceso.

De igual manera, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos determina garantías específicas del proceso que deben observarse en “todo procedimiento que pueda tener un impacto sobre los derechos a la nacionalidad o a la personalidad jurídica”.

En el caso de que llegara a verificarse el incumplimiento de estas garantías, y tras la entrega de Assange a las autoridades policiales, el Estado ecuatoriano habría incurrido una “extradición de facto”, que prohíbe la extradición de personas ecuatorianas según el art. 79 de la Constitución.

Adicionalmente, la condición de asilado del ‘hacker’ exigía al gobierno “el respeto al principio de no devolución” frente a riesgos a la vida, la libertad o la integridad.

“La Defensoría del Pueblo lamenta que el Estado ecuatoriano haya incurrido en esta decisión que podría conllevar responsabilidad internacional y sentar un precedente preocupante respecto de la protección de personas en situación de asilo y/o de ecuatorianos en el exterior.”