Desapariciones Forzadas

Rompiendo silencios
Rompiendo silencios

María Fernanda Idrobo Flores

Cada 30 de agosto se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas con el fin de evidenciar la preocupación por el aumento de las desapariciones involuntarias dadas en diversas regiones del mundo.

La Asamblea General de las Naciones Unidas, declaró al 30 de agosto para conmemorar a las víctimas y exhortó a los Estados miembros, el sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como a la sociedad civil, a observar este día. Pues, se entiende como desaparición forzada el arresto, detención, secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad bajo la acción de agentes del Estado o personas con la autorización o apoyo del mismo.  Se caracteriza por la negación de sus acciones y el ocultamiento del paradero o información acerca de la persona desaparecida, lo cual provoca que el desaparecido no esté bajo el amparo de la ley.

El derecho internacional de los derechos humanos establece que la práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad. Asimismo ha sido calificado por la jurisprudencia internacional como un delito autónomo, con carácter permanente, de carácter pluriofensivo. En este marco, la Comisión Permanente sobre Derecho a la Memoria, Verdad y Justicia de la Reunión de Altas Autoridades sobre Derechos Humanos del MERCOSUR (RAADH) promueve luego de un pasado reciente caracterizado por graves violaciones a los derechos humanos, la implementación de una coordinación regional, los Estados se comprometieron con la consolidación de un proceso de integración regional caracterizado por el Estado de derecho y los derechos humanos.

En este Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, señalo la importancia de las políticas de memoria, verdad y justicia, para promover y proteger los derechos humanos y consolidar sociedades democráticas.

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