El habeas corpus

Ángel Polibio Chaves

El habeas corpus es una vieja institución del Derecho que nació para proteger a las personas frente al abuso de los regímenes totalitarios que no solo privaban de la libertad a sus opositores, sino que los hacían desaparecer; de ahí su nombre que podría traducirse en: “¡he aquí el cuerpo!”, así, a través de este recurso se obligaba a quien estaba a cargo del detenido a presentarlo ante el juez para evidenciar que no había “desaparecido”. Más adelante se exigía no solamente la presentación del detenido, sino la orden de autoridad legítima que justificare su detención, en caso contrario, se ordenaba su inmediata libertad.

En la Constitución de 2008 se estipula que se podría plantear este recurso también en los casos en los que se considerare que la vida o la integridad del detenido se hallare en riesgo y lo que es más, aun cuando existiere una orden de detención legítima, es decir una sentencia ejecutoriada que justificare la detención, pero que en este evento, el recurso debe ser planteado, conocido y resuelto por la Corte Provincial, más, el efecto no sería el disponer la libertad del detenido, sino la adopción de medidas que garanticen su integridad o su  vida. Por lo demás, resulta obvio que el juez competente para conocer el recurso es el del lugar en el que se encuentra el detenido.

En el caso del ex vicepresidente Glas, Usted estimado lector, en atención a lo expuesto, podría responder a estas sencillas preguntas: ¿era competente el juez de Manglaralto para conocer el recurso?; ¿Debió el responsable de la cárcel de Latacunga acoger la decisión de ese juez? ¿En algún momento se ha dispuesto la libertad de Glas? ¿Será posible que otros detenidos recurran al mismo arbitrio? ¿Estaremos frente a un abuso del Derecho? ¿Los funcionarios involucrados deberían ser sancionados? Sin comentarios.