Terrorismo

Orlando Amores Terán

Orlando Amores Terán

Existen 19 instrumentos referidos al terrorismo que exigen a Ecuador, como Estado parte, tipificar conductas. Nosotros deberíamos clasificar como terrorismo el vandalismo, sabotaje, destrucción de bienes privados y públicos, y entre otros, a iza, autor del libro «Estallido» y de actos terroristas en octubre 2019 y junio 2022; en base a la Resolución 1624 del 2005 del Consejo de Seguridad de la ONU que definió como incitación al terrorismo: «la divulgación de un mensaje con intención de incitar a cometer un delito de terrorismo.» 

Dicha Resolución recomienda hacer participar a la sociedad civil, en la lucha contra el terrorismo. Éste régimen debió haber conformado Frentes de Defensa de la Libertad. Inclusive sugiere establecer asociaciones con el sector privado para prevenir actos terroristas. Recomienda: modernizar el control de fronteras, aduanas, mejorar la seguridad de los documentos de viaje, para impedir la circulación de terroristas; negar cobijo financiero y operacional al terrorismo; impedir que abusen del asilo, para ello sugiere incluir en la «Lista Consolidada», a personas y entidades que catalogamos como terroristas, cuya inclusión se la hace sobre la base de información de inteligencia, que debe ser facilitada, para exhibir ante el escrutinio público, los motivos de la inclusión, impidiendo que los terroristas aleguen «motivaciones políticas», para obstaculizar su extradición y enjuiciamiento, o que los autores, organizadores o patrocinadores de actos terroristas logren estatus de refugiado. 

La Resolución 1624 decide que los Estados se abstengan de proporcionar apoyo activo o pasivo a las personas y entidades que participan en actos terroristas, que es lo que sucedió en Ecuador a raíz de que el narcoterrorismo asaltó el poder durante la década infame 2007-17 en la que instauraron el narco-Estado plurinacional oclocleptocrático, en la Carta Chávez, que el hampa política oculta.

[email protected]