Servidumbre de tránsito

Mesías Mestanza Solano

Mesías Mestanza Solano

Servidumbre predial, o simplemente servidumbre, es un gravamen real impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño; llamándose predio sirviente  el que sufre el gravamen, y predio dominante el que reporta la utilidad.

Cuántos serios inconvenientes se han producido y se producen a diario en el Ecuador, especialmente en la zona rural, debido a que el vecino no quiere dar paso por su terreno a quien tiene más adelante un predio, ya sea por mala voluntad, resentimiento o por desconocer el Derecho Civil. 

La servidumbre de tránsito o de paso a  la que me estoy refiriendo se puede constituir de forma voluntaria o de forma legal… la primera, concurriendo ante el Notario los dueños del fundo sirviente y del predio dominante, quienes harán constar por escritura pública la constitución de la servidumbre de paso o de tránsito en la extensión necesaria según las necesidades y convenios, por un precio o sin él, por un plazo indefinido e irrevocable; esto es muy indispensable, porque los terrenos van transfiriendo su dominio ya sea por ventas futuras o herencias. De no ser posible este acuerdo voluntario se puede concurrir ante el juzgador de la Unidad Civil para que mediante sentencia disponga la constitución de la servidumbre desde el camino público hasta el terreno dominante.

Tanto el convenio voluntario elevado a escritura pública como la sentencia del juez deben inscribirse en Registro de Propiedad para que surtan efectos legales.

La peor desgracia que sufre un finquero es tener un vecino incomprensivo que le niega el paso a otro, puesto que este inconveniente se extiende a la familia del uno y del otro, donde a la postre las peleas terminan en lesiones, heridas y hasta muertes. 

Quien tiene una propiedad enclavada en otras ajenas, sin salida al camino público, tiene el derecho de exigir a sus vecinos el libre tránsito, con la única condición de una indemnización del valor de la tierra que ocupará el camino o servidumbre y los perjuicios que se ocasione.

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