Rendición de cuentas

Margoth Bonilla

Margoth Bonilla

Actualmente, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social regula el proceso mediante el cual quienes toman decisiones sobre la gestión pública deben cumplir con su deber y responsabilidad de explicar y dar a conocer a la ciudadanía sobre el manejo de la cosa pública y sus resultados. Para el proceso de rendición de cuentas, el Consejo ha emitido el Reglamento de Rendición de Cuentas, el que establece la obligatoriedad de cumplirlo a las Instituciones y entidades del sector público; a las autoridades del Estado, electas de libre remoción; a los representantes legales de empresas pública  o representantes de personas jurídicas del sector privado que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público; a los medios de comunicación social, a las entidades de educación superior públicas y cofinanciadas; y las demás instituciones o personas que manejan fondos públicos.

Es importante que las autoridades consideren que la rendición de cuentas debe ser participativa, periódica, oportuna, clara, veraz, y deberá difundir información precisa, suficiente que permita ser evaluada por la ciudadanía, la rendición de cuentas se realizará al menos una vez año con una convocatoria  difundida en los sectores relacionados y su cronograma de ejecución va de febrero a junio del año en curso  considerando si es un año electoral o no, cronograma a ser ejecutado conforme las directrices emitidas por el Consejo sobre el último ejercicio fiscal

La ciudadanía debe conocer que la rendición de cuentas es una herramienta importante para evaluar la gestión pública, con la cual podrá dar seguimiento al accionar de las autoridades, la ciudadanía está en la obligación de presentar la denuncia al Consejo en caso de incumplimiento de este proceso.

[email protected]