Juicio No. 17230-2020-08388

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO

EXTRACTO

Citación JUDICIAL

A: JUAN FRANCISCO CAIZA YÁNEZ

ACTOR:  Abogado Andrés Manuel Velasco Tapia, en calidad de procurador judicial de la señorita Yadira Paola Oviedo Salazar

DEMANDADOS: JUAN FRANCISCO CAIZA YÁNEZ

TRAMITE: EJECUTIVO

FECHA DE INICIO:27/08/2020

CUANTIA: 82.300,00

JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO

DEMANDA: “…al pago del capital adeudado ….intereses …gastos extrajudiciales….costas procesales”…. …”.

Juicio No. 17230-2020-08388

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 1 de septiembre del 2020, a las 08h20.VISTOS: Por el sorteo efectuado y en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda presentada por el abogado Andrés Manuel Velasco Tapia, en calidad de procurador judicial de la señorita Yadira Paola Oviedo Salazar contiene los requisitos formales señalados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y en razón de que la letra de cambio, fundamento de la acción, se encuentra dentro de los títulos mencionados por el Art. 347 y cumple lo previsto por el Art. 348 del COGEP, se la admite a trámite en procedimiento ejecutivo; por tanto, CÍTESE al demandado señor JUAN FRANCISCO CAIZA YÁNEZ para que, en el término de quince días, cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.- CITACIÓN: remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente para que se cite a la parte demandada en el lugar señalado en el libelo inicial, de acuerdo a lo establecido por los Arts. 54 y 55 del COGEP; la parte accionante proporcione las copias necesarias.- Considérese el anuncio de prueba realizado en el escrito de demanda.- Hágase saber a la parte accionante en el casillero judicial y correo electrónico designados para el efecto.- Adjúntese al expediente los documentos acompañados a la demanda.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- Juicio No. 17230-2020-08388

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL

DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 8 de noviembre del 2021, a las 15h37. En vista de la declaración bajo juramento de la parte accionante de que ha realizado gestiones para dar con el paradero de la demandada, así como de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada señor Juan Francisco Caiza Yanez, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, entréguese el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas, que será enviado al casillero judicial señalado por la parte accionante.- NOTFIQUESE.-  .- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.-  Juez……………

Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación  que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 12 de NOVIEMBRE del 2021. Certifico.-

AB.RAUL VELEZ NARANJO

SECRETARIO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP

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