Más del 60% de los negocios inspeccionados por el SRI incumplen requisitos básicos como la emisión de comprobantes de venta

El SRI realiza controles a locales.

La administración tributaria está endureciendo los controles en su plan de lucha contra la evasión. La sanción por no tener comprobantes de venta es la clausura por entre 7 y 10 días.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció que está reforzando y ampliando los controles sobre la emisión y entrega de comprobantes de venta en los locales comerciales del país.

Esto, según las autoridades, con el fin de «promover la cultura tributaria, proteger a los contribuyentes que cumplen con la normativa, erradicar la competencia desleal y el comercio informal»

Entre enero y septiembre de 2022, el SRI realizó visitas informativas a 6.783 establecimientos y controles de emisión de comprobantes de venta a 1.854 establecimientos a escala nacional.

En los procesos de control se evidenció que, de los 1.854 establecimientos visitados, 736 cumplieron con la emisión de comprobantes de venta; sin embargo, 1.118 no lo hicieron, por lo que fueron sancionados con clausura, tal como lo establece la normativa tributaria vigente.

Esto quiere decir que más del 60% de los negocios visitados no está cumpliendo con los requisitos más básicos, desde el punto de vista tributario, para su funcionamiento legal.

El SRI explicó que la clausura es el acto administrativo de carácter reglado, previsto en la ley, que se aplica de manera automática cuando los establecimientos no entregan comprobantes de venta o los entregan sin cumplir los requisitos legales o reglamentarios.

«De conformidad con la ley, la clausura no puede ser sustituida con sanciones pecuniarias y se hace efectiva mediante la aplicación de sellos y avisos visibles de clausura colocados en el local comercial infractor», dice la normativa vigente.

¿Qué hacen los Fedatarios Fiscales del SRI?

1.- Las acciones disuasivas o informativas consisten en visitas a los establecimientos comerciales, para revisar y validar los comprobantes de venta que están utilizando y retroalimentar al propietario o dependiente las novedades detectadas en el proceso, conminándole al cumplimiento voluntario de las obligaciones, a fin de evitar sanciones por incumplimientos a la normativa tributaria vigente.

2.- Los Fedatarios Fiscales también ejecutan acciones de control en ejercicio de la facultad legal que los ampara, mediante compras simuladas para verificar infracciones en la emisión y entrega de comprobantes de venta por la adquisición de bienes y/o servicios. En la verificación se pueden encontrar las siguientes situaciones:

Que los locales comerciales sí emitan comprobantes de venta.

Que no emitan comprobantes de venta o que los comprobantes no cumplan con los requisitos. Los incumplimientos incluyen:

Que sean comprobantes caducados; que no cuenten con autorización del SRI; que correspondan a establecimientos registrados ante la Administración Tributaria como cerrados; que pertenezcan a otro contribuyente; o que no respondan a un comprobante autorizado, vigente y emitido por el contribuyente desde el establecimiento en el que se efectuó la transacción.

Posterior a la verificación realizada, los Fedatarios Fiscales acuden al establecimiento acompañados de la fuerza pública. En el primer caso arriba mencionado informan al contribuyente sobre el cumplimiento evidenciado durante el control.

En el segundo caso, portando la resolución suscrita por la autoridad competente del SRI, se clausura el establecimiento infractor durante el plazo de siete días, si es la primera vez que comete la falta, o diez días si es reincidente.

No cumplir con la sanción de clausura puede llevar a la cárcel

A través de un comunicado, el SRI recordó a la ciudadanía que la sanción de clausura debe ser acatada durante el plazo dispuesto por la autoridad tributaria; los sellos y avisos no deben ser vulnerados, pues el Código Orgánico Integral Penal (COIP), dispone:

El incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, la ruptura de sellos de clausura o realizar actividades en un establecimiento a sabiendas que se encuentre clausurado, es sancionado con pena privativa de la libertad de uno a tres años.

«El SRI no tolera actos de corrupción o fraude, por lo que pide a la ciudadanía que, si un supuesto funcionario se acerca a su establecimiento para solicitar pagos o retribuciones a cambio de levantar la clausura, presenten la denuncia ante la Administración Tributaria», aclaró la institución.

En caso de conocer contribuyentes o establecimientos que no cumplan con la obligación de entregar comprobantes de venta, se puede realizar la denuncia respectiva a través de los siguientes canales: www.sri.gob.ec, aplicación SRI Móvil, SRI Telefónico 1700 774 774 y ventanillas de la institución. (JS)