Varios

AGENCIA DE AGUAS DE IBARRA

A los usuarios presuntos y desconocidos de las aguas remanentes, que nacen en el sector San Borja, contiguas al río Pichabi, ubicadas entre el sector San Borja y La Calera, perteneciente a la parroquia San Francisco, cantón Cotacachi, provincia de Imbabura.

ACTOR: CHIRIBOGA TORRES ENRIQUE ANTONIO
OBJETO: SOLICITA LA CONCESIÓN DEL DERECHO DE APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS REMANENTES QUE NACEN EN EL SECTOR SAN BORJA, CONTIGUAS AL RÍO PICHABI, UBICADAS ENTRE EL SECTOR SAN BORJA Y LA CALERA, PERTENECIENTE A LA PARROQUIA SAN FRANCISCO, CANTÓN COTACACHI, PROVINCIA DE IMBABURA, EN LA TOTALIDAD DE SU CAUDAL, PARA SER UTILIZADO EN RIEGO.

EXPEDIENTE Nro. I-07-880 (N)
CONSEJO NACIONAL DE RECURSOS HÍDRICOS.- AGENCIA IBARRA.- Ibarra, 24 de septiembre del 2007, las 09h40.- VISTOS.- En lo principal, aceptase a trámite la petición de concesión, presentado por el señor Enrique Antonio Chiriboga Torres, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le acepta a trámite. En consecuencia se dispone 1.- A los usuarios presuntos y desconocidos, cíteseles por la prensa de conformidad con los dispuesto en el Art. 87 de la Ley de Aguas en el Diario del Norte que se edita en esta ciudad de Ibarra, o en el Diario La Hora que se edita en la ciudad de Quito, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, mediando entre la una y la otra el plazo de ocho días, en base a la declaración bajo juramento hacha por el actor. 2.- Fíjense carteles en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia San Francisco, durante el plazo de treinta días, mediante comisión librada al señor Comisario Nacional de Policía del Cantón Cotacachi, provincia de Imbabura, a quien se le enviará despacho en forma. 3.- Oportunamente se designará perito, a fin de que realice el estudio técnico de la solicitud presentada. 4.- Agréguense al proceso la siguiente documentación: Petición, escritos, copia certificada de escritura de Compraventa; y, comprobante de depósito por servicios prestados. 5.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado Defensor.-NOTIFÍQUESE.
f) Ing, Juan Carlos Orbe Cárdenas.

Lo que comunico al público, para los fines legales consiguientes, previniendo a los interesados de la obligación que tienen de fijar domicilio judicial, dentro de la jurisdicción de esta Agencia de Aguas de Ibarra, para futuras notificaciones.

Ab. Josué Limaico Mina
SECRETARIO

Hay firma y sello
ad/9396/ai