Secretaria del Agua

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CITACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UN POZO PROFUNDO Y UN POZO SOMERO QUE SERÁN UTILIZADAS PARA CONSUMO HUMANO Y FINES INDUSTRIALES, FUENTES HIDRICAS LOCAUZADAS EN LA PARROQUIA LUZ DE AMÉRICA, CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.EXTRACTO
SECRETARIA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO-SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS- Proceso Administrativo Nro. 782-2016-Aut (LM).- Santo Domingo, 07 de diciembre de 2016. Las 15H00.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrada como Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas-Secretaria del Agua, mediante acción de personal No. 000125-PC de 30 de marzo del 2016, así como lo señalado en los acuerdos ministeriales Nro. 2014-910 de 17 de Abril de 2014, en el que se expide la reforma y nueva Codificación al Estatuto Orgánico de gestión organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010. se establece y delimita las nueve demarcaciones hidrográficas y sus respectivas zonales. Que mediante acuerdo Ministerial N. 2009-46 expedido el 13 de noviembre del 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas. Que mediante acuerdo Ministerial No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009 se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Agréguese al expediente el escrito presentado por el señor Abogado Leonardo Rene Viten Andrade, en calidad de representante legal de la COMPAÑÍA REYBANPAC REY BANANO DEL PACÍFICO C.A., de fecha 29 de abril del 2016 a las 10H45, manifestando que solicita el uso de las aguas de un pozo somero y un pozo profundo, ubicado en la Hacienda San Pedro, en un caudal de 50- 80 GPM y 100-150 GPM; aguas que serán destinadas para uso doméstico e industrial. Con estos antecedentes esta Autoridad DISPONE: 1.- Se acepta a trámite la solicitud de Autorización por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos establecidos en la Ley en apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 87 numeral 1 y 2, literal a) y c), 89, 93, 107, 125 ,126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos y Usos de aprovechamiento de agua del Art 107 del Reglamento General Aplicación a la ley 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 literal b), del Reglamento General Aplicación a la Ley. Cítese con la demanda y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y ésta providencia, publicaciones que se lo deberá hacer en un periódico de mayor circulación de la localidad de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas. 3.- Fíjense carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Luz de América, Cantón Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, 4.- El peticionario en el término de 72 horas deberá retirar la comisión librada a la señora Teniente Político. 5.- Téngase en cuenta para sus notificaciones casillero judicial N° 4535 y el correo electrónico [email protected]. Actué la Abg. Leidy Meló Sánchez, en calidad de Secretaria Ad Hoc. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE….f) Ing. María Augusta Villacís, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRFÍCA DE ESMERALDAS. Lo que comunico para los fines legales pertinentes.
Abg. Leidy Melo Sánchez SECRETARIA AD-HOC
Hay firma p-221933-1/mIG



R del E CITACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UN POZO PROFUNDO, QUE SERÁN UTILIZADAS PARA ABREVADERO Y LIMPIEZA DE CORRALES, FUENTE HIDRICA LOCALIZADA EN LA PARROQUIA LUZ DE AMERICA, CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.
EXTRACTO
SECRETARIA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO-SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS- Proceso Administrativo Nro. 781-2016-Aut (LM).- Santo Domingo, 07 de diciembre de 2016. Las 14H50.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrada como Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas-Secretaria del Agua, mediante acción de personal No. 000125-PC de 30 de marzo del 2016, así como lo señalado en los acuerdos ministeriales Nro. 2014-910 de 17 de Abril de 2014, en el que se expide la reforma y nueva Codificación al Estatuto Orgánico de gestión organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve demarcaciones hidrográficas y sus respectivas zonales. Que mediante acuerdo Ministerial N. 2009-46 expedido el 13 de noviembre del 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas. Que mediante acuerdo Ministerial No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009 se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Agréguese al expediente el escrito presentado por el señor Abogado Leonardo Rene Viten Andrade, en calidad de representante legal de la COMPAÑÍA REYBANPAC REY BANANO DEL PACÍFICO C.A, de fecha 29 de abril del 2016 a las 10H50, manifestando que solicita el uso de las aguas de un pozo profundo, ubicado en la Hacienda Victoria, en un caudal de 80-150 GPM; aguas que serán destinadas para uso de abrevadero y limpieza de corrales que no garantiza la soberanía alimentaria. Con estos antecedentes esta Autoridad DISPONE: 1.- Se acepta a trámite la solicitud de Autorización por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos establecidos en la Ley en apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y.b), 57, 64 literal a), 87 numeral 2, literal c), 93, 125 ,126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos y Usos de aprovechamiento de agua del Art 107 del Reglamento General Aplicación a la ley 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 literal b), del Reglamento General Aplicación a la Ley. Cítese con la demanda y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y ésta providencia, publicaciones que se lo deberá hacer en un periódico de mayor circulación de la localidad de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas. 3.-Fíjense carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Luz de América, Cantón Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, 4.-El peticionario en el término de 72 horas deberá retirar la comisión librada a la señora Teniente Político. 5.- Téngase en cuenta para sus notificaciones casillero judicial N° 4535 y el correo electrónico [email protected]. Actué la Abg. Leidy Mero Sánchez, en calidad de Secretaria Ad Hoc. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE….f) Ing. María Augusta Villacís, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRAFÍCA DE ESMERALDAS. Lo que comunico para los fines legales pertinentes.
Abg. Leidy Melo Sánchez SECRETARIA AD-HOC
Hay firma p-221933-2/mIG



R del E CITACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE UN POZO PROFUNDO, QUE SERÁN UTILIZADAS PARA FINES INDUSTRIALES, FUENTE HIDRICA LOCALIZADA EN LA PARROQUIA LUZ DE AMÉRICA, CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.
EXTRACTO
SECRETARIA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO-SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.- Proceso Administrativo Nro. 780-2016-Aut (LM).- Santo Domingo, 07 de diciembre de 2016. Las 14H43.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrada como Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas-Secretaria del Agua, mediante acción de personal No. 000125-PC de 30 de marzo del 2016, así como lo señalado en los acuerdos ministeriales Nro. 2014-910 de 17 de Abril de 2014, en el que se expide la reforma y nueva Codificación al Estatuto Orgánico de gestión organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve demarcaciones hidrográficas y sus respectivas zonales. Que mediante acuerdo Ministerial N. 2009-46 expedido el 13 de noviembre del 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas. Que mediante acuerdo Ministerial No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009 se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Agréguese al expediente el escrito presentado por el señor Abogado Leonardo Rene Viteri Andrade, en calidad de representante legal de la COMPAÑÍA REYBANPAC REY BANANO DEL PACÍFICO C.A, de fecha 20 de abril del 2016 a las 10H52, manifestando que solicita el uso de las aguas de un pozo profundo, ubicado en la Hacienda Oleaginosas, en un caudal de 900 GPM; aguas que serán destinadas para uso industrial de las salas rotativas de ordeño y ganado. Con estos antecedentes esta Autoridad DISPONE: 1.- Se acepta a trámite la solicitud de Autorización por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos establecidos en la Ley en apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 87 numeral 2, literal c), 93, 107, 125 ,126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos y Usos de aprovechamiento de agua del Art 107 del Reglamento General Aplicación a la ley 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 literal b), del Reglamento General Aplicación a la Ley. Cítese con la demanda y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y ésta providencia, publicaciones que se lo deberá hacer en un periódico de mayor circulación de la localidad de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas. 3.- Fíjense carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Luz de América, Cantón Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, 4.- El peticionario en el término de 72 horas deberá retirar la comisión librada a la señora Teniente Político. 5.- Téngase en cuenta para sus notificaciones casillero judicial N° 4535 y el correo electrónico [email protected]. Actué la Abg. Leidy Meló Sánchez, en calidad de Secretaria Ad Hoc. NOTIFIQUESE CUMPLASE….f) Ing. Marta Augusta Villacís. SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRAFÍCA DE ESMERALDAS. Lo que comunico para los fines legales pertinentes.
Abg. Leidy Melo Sánchez
SECRETARIA AD-HOC
Hay firma y sello p-221933-3/m