Proceso Administrativo N   1034-2018 (L.M)

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CITACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RIO BLANCO, QUE SERÁ UTILIZADO PARA FINES EN MINERIA, FUENTE HIDRICA LOCALIZADA EN LA PARROQUIA VALLE HERMOSO, CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA SANTO DOMINGO DÉLOS TSÁCHILAS.
EXTRACTO
SECRETARIA DEL AGUA-SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS-CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS Proceso Administrativo N 1034-2018 (L.M), Santo Domingo, 22 de marzo del 2018. a las 08H10 VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro 0006-DHE, de fecha 08 de febrero de 2018, según decreto presidencial Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al Art 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Publico en concordancia con el Art 17 literal c) del Reglamento Ibídem Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009. se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: 1.- Agréguese al proceso administrativo, el escrito y documentación presentada por la señora YUNEIDY RIAPIRA SALCEDO, en calidad de propietaria del Área Minera Oscar 1, de fecha 01 de marzo del 2018. a las 13H22, con el objeto de solicitar el uso y aprovechamiento del agua para fines mineros, recurso hídrico proveniente del Estero Vayan Bien, ubicado en la parroquia Valle Hermoso, cantón Santo Domingo, provincia Santo Domingo de los Tsáchilas. La fuente hídrica se encuentra en el terreno de la peticionaria para lo cual no solicita servidumbres forzosas. En consecuencia esta Autoridad Administrativa DISPONE: 1.- La solicitud presentada es clara, completa y reúne los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos en los Arts. 3,4,7,18 literal g), 36 Iiteral a) y b), 57, 64 literal a), 87 numeral 1, literal a), 89, 98,125,126 y en el Art 107 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos. por lo que se acepta a trámite. 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos. Cítese con la demanda y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y ésta providencia, publicaciones que se lo deberá hacer en un periódico de circulación de la localidad de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas. 3.- Fíjense carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Valle Hermoso, cantón Santo Domingo de los Colorados, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, mediante comisión librada al Teniente Político de la parroquia Valle Hermoso. 4.- La peticionaria en el término de 72 horas deberá retirar la comisión librada al Teniente Político y de la misma manera una vez cumplido lo solicitado deberá traer a esta dependencia las razones correspondientes. 5.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 159 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE. 6.- Téngase en cuenta para sus notificaciones el correo electrónico [email protected]. Del Dr. Renato Arrieta Espinosa profesional del derecho a quien faculta para su defensa en el presente tramite. 7.- Actué la Ab. Leidy Melo Sánchez, en calidad de Secretaria Ad Hoc. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE….f) Ing. Hilario Morocho Morocho, SUBSECRETARIO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRFÍCA DE ESMERALDAS.
Lo que comunico para los fines legales pertinentes.
Abg. Leidy Melo Sánchez
SECRETARIA AD-HOC
Hay firma y sello
p-230644-MIG