JUICIO: EJECUTIVO  NUMERO: 17230-2016-01772 

R DEL E.
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO CON SEDE EN DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
CITACION JUDICIAL A: ARTURO WLADIMIR MOREIRA AVEIGA Y ANTONIO FEDERICO GARCIA BAILON
ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A (DR. RIGOBERTO BARRERA CARRAASCO)
DEMANDADOS: ARTURO WLADIMIR MOREIRA AVEIGA Y ANTONIO FEDERICO GARCIA BAILON
JUICIO: EJECUTIVO
NUMERO: 17230-2016-01772
CUANTIA: $ 8.000
JUEZ: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE
SECRETARIO: DR. FRANCISCO JUSTICIA
PROVIDENCIAS:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 10 de febrero del 2016, las 11h07. VISTOS.- AB. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO, en calidad de Jueza Ponente encargada de la Unidad Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, según Acción de Personal No. 13244-DP-UPTH, de 22 de septiembre del 2015 y posesionada el 12 de octubre de 2015, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que presentada por ABSALON RIGOBERTO BARREA CARRASCO, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., en contra de ARTURO WLADIMIR MOREIRA AVEIGA y ANTONIO FEDERICO GARCÍA BAILON, reúne los requisitos de Ley; en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Con su contenido, CITESE a los demandados en la dirección proporcionada por el demandante, en el líbelo de su demanda, para lo cual COMISIONESE al Teniente Político de la parroquia de Guayllabamba, para lo cual se remitirá suficiente despacho, con lo cual en el término de tres días, cumplan con la obligación demandada o en igual término formule las excepciones que se crea asistido.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- El desglose solicitado por el accionante se atenderá una vez cumplida la citación a los demandados, de conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil.- Regístrese la casilla judicial que señala el demandante para recibir sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.-f) Dra. Gabriela Lemos. Jueza.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 4 de mayo del 2018, las 15h07. Atenta la aseveración juramentada del demandante respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de los demandados, de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a ARTURO WLADIMIR MOREIRA AVEIGA Y ANTONIO FEDERICO GARCIA BAILON con el extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia en tres fechas distintas, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, previniéndoles de señalar casillero judicial para sus notificaciones.- Por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE.
Particular que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial en la forma legal para sus posteriores notificaciones.
DR. FRANCISCO JUSTICIA
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL
Hay firma y sello
PAR/109575/AT


REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A MIRANDA NIETO EDGAR GUSTAVO
JUICIO: EJECUTIVO No. 17311-2014-0944
ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY DEMANDADO: MIRANDA NIETO EDGAR GUSTAVO
P R O V I D E N C I A S
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-Quito, miércoles 05 de noviembre del 2014, las 15h04.- VISTOS.- En mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede el Distrito Metropolitano de Quito y de conformidad con la Resolución No. 191-2014 del 17 de septiembre del 2014, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura, asumo conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede, propuesta por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Ejecutivo.- En consecuencia, el demandado EDGAR GUSTAVO MIRANDA NIETO, pague a la actora la cantidad adeudada o proponga excepciones en el término de tres días de citado.- Cítese al demandado EDGAR GUSTAVO MIRANDA NIETO, con el contenido de la demanda y presente providencia en la dirección señalada para el efecto, de esta ciudad de Quito.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora para sus notificaciones, así como la facultad dada a su abogado defensor para que suscriba los escritos necesarios.- f) Dra. VERÓNICA JARAMILLO HUILCAPI, JUEZA. – Notifíquese.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 17 de septiembre del 2018, las 16h38, Por cumplido con el requerimiento anterior y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el actor, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP, CÍTESE al señor MIRANDA NIETO EDGAR GUSTAVO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE. f) AMBAS CUATIN MARIA DE LOS ANGELES, JUEZ.- NOTIFÍQUESE.-
Previniéndole al demandado la obligación que tiene de señale casillero judicial para futuras notificaciones.-Certifico
AB. PAULINA AYO VELASCO
SECRETARIO JUDICIAL
Hay firma y sello
PAR/109584/AT


UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A: BAZURTO CEVALLOS AMANDA ELIZABETH, DEL JUICIO EJECUTIVO, PROPUESTO EN SU CONTRA POR: AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A.
ACTOR: AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A
DEMANDADO: BAZURTO CEVALLOS AMANDA ELIZABETH
JUICIO: No. 17230-2016-05725
TRAMITE: EJECUTIVO
CUANTIA: USD $ 12.000,oo
FECHA DE INICIACIÓN: 29 de diciembre del 2014
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 22 de abril del 2016, las 08h16.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito y en virtud del sorteo realizado por la oficina correspondiente. En lo principal, por cumplidos los preceptos legales contenidos en los artículos 419 y 421 del Código de Procedimiento Civil, la demanda es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley, se la acepta formalmente a trámite Ejecutivo. Consecuentemente, se ordena que la demandada AMANDA ELIZABETH BAZURTO CEVALLOS en calidad de deudora, en el término de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga las excepciones que consideren pertinentes. Para el efecto, con la copia de la demanda y auto recaído en ella, cítese a la demandada en el lugar señalado en el libelo de demanda inicial, debiendo librarse atento deprecatorio al señor Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. Téngase en cuenta la calidad en que comparece la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, abogados defensores y el casillero judicial para futuras notificaciones. Dejando copias certificadas a costa del peticionario, entréguese la documentación adjunta a la demanda, a la persona autorizada por el actor.- Actúe como Secretaria encargada de esta Unidad la Dra. Miriam Vizcarra.- Notifíquese..- OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de septiembre del 2018, las 10h31, Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora BAZURTO CEVALLOS AMANDA ELIZABETH, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- NOTIFIQUESE.- f) Ab. Salto Pintos Luis. Juez.-
Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones.
Ab. Víctor Reyes Ch.
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
Hay firma y sello
PAR/109582/AT


UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A: BARRENO ZAMBRANO CRISTINA MONCERRATE y LOPEZ IBARRA ISMILDO ROOSEBELT
ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A.
DEMANDADO: BARRENO ZAMBRANO CRISTINA MONCERRATE y LOPEZ IBARRA ISMILDO ROOSEBELT
JUICIO: No. 17230-2015-14905 (EJECUTIVO-CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO)
CUANTIA: $20.000,00 (VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100)
BASE LEGAL: ART.413 Y ART.415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
ABOGADO DEFENSOR: DR.MARCELO PATRICIO LOZANO
CASILLA JUDICIAL: 3230
JUEZ PONENTE: DRA. VIVIANA JEANNETH PILA AVENDAÑO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 26 de octubre del 2015, las 16h21. VISTOS.- Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil según lo dispuesto mediante Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 215-2015 de 27de julio de 2015 que se encuentra publicada en el Registro Oficial No. 567 de 18 de agosto de 2015, e infrascrito Secretario..- La demanda que por cobro de dinero presenta el Banco de Guayaquil S.A., por intermedio de su Presidente Ejecutivo y Representante Legal Ec. Angelo Luis Caputi Oyague; y este por intermedio de su procuradora judicial Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en contra de, ISMILDO ROOSEBELT LOPEZ IBARRA Y CRISTINA MONCERRATE BARRENO ZAMBRANO, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.- Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, emitido, y reconocido, en esta ciudad y cantón Quito, se dispone citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia a los demandados, ISMILDO ROOSEBELT López IBARRA Y CRISTINA MONCERRATE BARRENO ZAMBRANO, en la dirección proporcionada por el demandante, para que en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones en igual término; para cuyo efecto, REMÍTASE las boletas de citación a la oficina correspondiente, encomendándole al Citador, tener en cuenta, al momento de citar lo dispuesto en el Art.53 del Código Orgánico General de Proceso. Una vez citados los demandados y observando las formalidades legales establecidas en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil procédase al desglose solicitado.- Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 3230, y en el correo electrónico de sus defensores Dr. Patricio Lozano y Ab. María Pazmiño.-Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos. NOTIFÍQUESE.- f.-) Dr. Luis Eliecer Jácome Jerez, Juez.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de septiembre del 2018, las 16h01, Agréguese al proceso el escrito que antecede. Con fundamento en lo dispuesto en el Art. 58 y el inciso segundo del Art. 56.2 del Código Orgánico General de Procesos, en mérito al juramento rendido por la actora, cítese a la señora BARRENO ZAMBRANO CRISTINA MONCERRATE y del señor LOPEZ IBARRA ISMILDO ROOSEBELT, a través de la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE. f.-) Dra. Viviana Jeanneth Pila Avendaño, Jueza.
Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.-
AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Hay firma y sello
PAR/109581/AT


UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: BAYARDO RENE CUASAPAZ IMAQUINGO
JUICIO: 17230-2016-11632
TRAMITE: EJECUTIVO
ACTOR: TOAPANTA TOAPANTA FERNANDO OLMEDO
DEMANDADO: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR PROCURADORA JUDICIAL ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE REPRESENTANTE LEGAL BANCO GUAYAQUIL
CUANTIA: USD 14.000
JUEZ: Dr. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER.
SECRETARIA: ABG. ANDREA MALDONADO PAREDES
AUTO DE CALIFICACION
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de septiembre del 2017, las 11h55. VISTOS.- Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia que antecede, se dispone: La demanda presentada por el Banco de Guayaquil S.A., por intermedio de su Presidente Ejecutivo Eco. Angelo Luis Caputi Oyague; y este intermedio de su Procuradora Judicial Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar; en contra de BAYARDO RENE CUASAPAZ IMBAQUINGO, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la VÍA EJECUTIVA establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.- Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda; emitido y reconocido, en esta ciudad de Quito; y; documento del cual se observa que, para el caso de controversia las partes se han sometido a los jueces de este Cantón; se dispone: CÍTESE al demandado de conformidad a lo dispuesto en el Art. 54 del Código Orgánico General de Procesos, esto es por tratarse de su lugar de trabajo se lo realizara de manera personal, en el lugar que para el efecto se encuentra señalado en el escrito que antecede ; para que en el término de tres días, mas tres en razón de la distancia cumpla con la obligación reclamada o formule excepciones en igual término; para cuyo efecto, DEPRECASE, a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Tulcán en la Provincia del Carchi; a quien se le remitirá suficiente despacho ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Para la práctica de esta diligencia se le requiere a la parte interesada concurra a esta Unidad Judicial en el término de 3 días, a fin de que obtenga las copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación, las mismas que se adjuntaran al escrito de contestación de esta providencia.- Notifíquese.- f) CEDEÑO CAMACHO SIMON, JUEZ
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de septiembre del 2018, las 14h41, Vistos: Por cuanto la DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR en calidad de procurador judicial del Banco de Guayaquil, ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 1 de agosto del 2018, a las 11h38, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a demandado señor BAYARDO RENE CUASAPAZ IMBAQUINGO de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. f) DR. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER, JUEZ
Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial.
Ab Maldonado Paredes Andrea Carolina
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Hay firma y sello
PAR/109585/AT


REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A CORONADO ANDRADE VERONICA MAGDALENA Y CORONADO ANDRADE NANCY ANGELA
JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2015-06332
ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A
DEMANDADOS: CORONADO ANDRADE VERONICA MAGDALENA Y CORONADO ANDRADE NANCY ANGELA
P R O V I D E N C I A S
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-Quito, miércoles 22 de abril del 2015, las 08h46.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- El título acompañado, presta mérito ejecutivo, como lo establece el Art. 413 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 486 y siguientes del Código de Comercio. En consecuencia, las demandadas señoras NANCY ANGELA CORONADO ANDRADE, en calidad de deudora principal; VERONICA MAGALENA CORONADO ANDRADE, como avalista solidaria, en el término de tres días de ser legalmente citadas paguen la obligación demandada o propongan excepciones.- Cítese a los demandadas, en el lugar señalado para el efecto, mediante Comisión al señor Teniente Político de la parroquia de Tumbaco. Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el peticionario, para posteriores notificaciones que le corresponda.- f) DRA. LIZBETH MARISOL RON CADENA, JUEZA.-NOTIFIQUESE
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 14 de septiembre del 2018, las 16h59, Por cumplido con el requerimiento anterior y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el actor, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP, CÍTESE a CORONADO ANDRADE VERONICA MAGDALENA y CORONADO ANDRADE NANCY ANGELA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.-f)Dr. TELLO AIMACAÑA ANGEL PATRICIO.- NOTIFIQUESE. Previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.-Certifico
AB. PAULINA AYO VELASCO
SECRETARIO JUDICIAL
Hay firma y sello
PAC110905fa


REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P.
CITACION JUDICIAL
PARA: ARTIEDA LOPEZ ANA MICHELLE
JUICIO MONITORIO NO. 17230-2017-00035
JUEZ PONENTE: DR. Luis Fernando Landázuri Salazar
SECRETARIA: AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ
MATERIA: CIVIL
TIPO PROCESO: MONITORIO
ACCION: OTROS
ACTOR BANCO DE PICHINCHA C.A.
DEMANDADO: ARTIEDA LOPEZ ANA MICHELLE
CUANTIA: US$ 9,457,67
EXTRACTO DE LA DEMANDA
(…) La señora ARTIEDA LOPEZ ANA MICHELLE, solicitó al Banco Pichincha C.A., (BANCO) la concesión de una TARJETA DE CRÉDITO MASTERCARD BANCO DEL PICHINCHA, petición que fue aceptada por lo que se le otorgó en calidad de titular de tarjea de Crédito Con No. 5466050000323841, las partes el 8 de septiembre de 2011, suscribieron el contrato de emisión y uso de la tarjeta de crédito, con una vigencia de (50 años) (cláusula novena). El titular de la tarjeta d crédito se obligó a cancelar al BANCO el saldo total deudor, dentro de los 15 días posteriores a la fecha de emisión del Estado de Cuenta.-(…).- PRETENSIÓN: Al pago de los siguientes rubros que se halla vencidos , liquidados y determinados en la “LIQUIDACION DE TARJETA DE CREDITO” cortado al 22 de noviembre del 2016: del Capital por la suma de siete mil setecientos cincuenta y tres 45/100 dólares de los Estados Unidos de América, de los intereses de plazo por la suma $34,81, de los intereses de mora, calculados a la tasa del 16,66% por la suma de $1.450,31) (…).-
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- VISTOS: En virtud del sorteo de ley avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil. Al respecto se considera: PRIMERO: En lo principal, la demanda presentada por el Mg. Jaime Patricio Arias Coronel, en su calidad de procurador judicial del BANCO PICHINCHA C.A., reúne los requisitos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el Art. 356 ibídem; en consecuencia, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento monitorio. SEGUNDO: MANDAMIENTO DE PAGO: En virtud de lo expuesto y al tenor del Art. 358 del COGEP, se ordena que la parte demandada ARTIEDA LOPEZ ANA MICHELLE, pague al actor la obligación demandada, esto es, el valor de NUEVE MIL DOS CIENTOS CUARENTA Y TRES CON 57/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRCIA (USD. $ 9.243,57), más el máximo interés convencional y de mora legalmente permitido por el organismo regulador monetario y financiero correspondiente, que se genere a partir de la citación hasta el cumplimiento total de la obligación, conforme lo previsto en el Art. 360 ibídem, rubros que se liquidarán pericialmente; o, presente oposición; para tal efecto, se le concede el término de quince días contados a partir de la citación.- En caso de incumplimiento, se aplicará lo dispuesto en el inciso tercero de la norma precitada que establece “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución”. TERCERO: Cítese con el contenido de la demanda y este auto interlocutorio de pago a la accionada, señora ARTIEDA LOPEZ ANA MICHELLE en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en la demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición.- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la calidad en la que comparece conforme la documentación habilitante que adjunta, así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador. Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalado por el actor para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Miriam Vizcarra, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.-
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, lunes 10 de septiembre del 2018, las 08h49, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada ARTIEDA LOPEZ ANA MICHELLE, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- CERTIFICO.-
Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.-
AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL
Hay firma y sello
PAC110891fa


UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A: LUCERO HERNANDEZ YAJAIRA CATHERINE
ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A.
DEMANDADO: LUCERO HERNANDEZ YAJAIRA CATHERINE
JUICIO: No. 17230-2015-11586 (VERBAL SUMARIO-VALES CONSUMO DE TARJETA DE CRÉDITO) CUANTIA: $40.000,00 (CUARENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100)
BASE LEGAL: ART.828 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
ABOGADO DEFENSOR: DR.ALFREDO GRIJALVA MUÑOZ
CASILLA JUDICIAL: 1109 JUEZ PONENTE: DRA. VIVIANA JEANNETH PILA AVENDAÑO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de julio del 2015, las 15h50. VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el Dr. José Patricio Ron Torres, en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite verbal sumario.- En consecuencia cítese con el contenido de la demanda y presente providencia a la demandada señora YAJAIRA CATHERINE LUCERO HERNANDEZ, en la dirección señalada. Tómese en cuenta la cuantía. Incorpórese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial así como su dirección electrónica, designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, así como la autorización dada a su abogado defensor para que suscriba cuanto escrito sea necesarios en defensa de sus intereses. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación a la demanda.- Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese. f.-) Dr. Oscar Ramiro Calero Sánchez, Juez.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de agosto del 2018, las 16h03, Agréguese al proceso los escritos presentados por la parte actora. Atento a lo manifestado en los mismos; se pone en conocimiento de la parte actora, que en auto de fecha miércoles 25 de julio del 2018, las 10h14, fue atendido el escrito que menciona de fecha 16 de abril 2018, a las 14h48. En cuanto al escrito de 9 de marzo del 2018, las 15h34 y a lo solicitado en escrito de 27 de julio del 2018, las 15h46. Toda vez se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en Auto inmediato anterior y en mérito del juramento rendido por la parte actora dispongo de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada LUCERO HERNANDEZ YAJAIRA CATHERINE, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, adicionalmente se elabore el correspondiente extracto, hecho que sea envíese a la casilla judicial de la parte actora, a fin de que de las facilidades del caso.- Actúe la abogada Claudia Leyton, en calidad de Secretaria de este despacho.- NOTIFÍQUESE. f.-) Dra. Viviana Jeanneth Pila Avendaño, Jueza.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de septiembre del 2018, las 15h27, Agréguese al proceso el escrito que antecede, por secretaria cumplas con lo dispuesto en decreto INMEDIATO ANTERIOR. NOTIFIQUESE. f.-) Dra. Viviana Jeanneth Pila Avendaño, Jueza.
Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.-AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Hay firma y sello
PAC110901fa


UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A: ALVAREZ RENGIFO LUDWING WILMER
ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A.
DEMANDADO: ALVAREZ RENGIFO LUDWING WILMER
JUICIO: No. 17230-2015-17118 (VERBAL SUMARIO-COBRO DE OBLIGACIONES PROVENIENTES DE TARJETAS DE CRÉDITO)
CUANTIA: $20.000,00 (VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100) BASE LEGAL: ART.828 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ABOGADO DEFENSOR: DR.ALFREDO GRIJALVA MUÑOZ
CASILLA JUDICIAL: 1109
JUEZ PONENTE: DRA. VIVIANA JEANNETH PILA AVENDAÑO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 30 de octubre del 2015, las 09h35.VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en virtud del sorteo realizado.- La demanda presentada por el doctor José Patricio Ron Torres, en calidad de procurador judicial de Diners Club del Ecuador S.A. Sociedad Financiera, es clara y cumple los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se acepta a trámite en la vía verbal sumaria señalado en el Art. 828 y siguientes del Código de Procesal Civil. Cítese el contenido de la demanda y esta providencia al señor LUDWING WILMER ÁLVAREZ RENGIFO, EN PERSONA, en el lugar señalado, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones, debiendo la parte accionante proporcionar las copias necesarias.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado y agréguese los documentos acompañados.- Notifíquese.- f.-) Dra. Rita Geovanna Ordoñez Pizarro, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de septiembre del 2018, las 11h24, Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Toda vez que la parte actora ha cumplido lo dispuesto en decreto inmediato anterior. Con fundamento en lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56.2 del Código Orgánico General de Procesos y en mérito al juramento rendido por la parte actora, cítese al demandado señor ALVAREZ RENGIFO LUDWING WILMER, a través de la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente, el mismo que será enviado a la casilla judicial del peticionario, a fin de que se de las facilidades del caso.- NOTIFIQUESE. f.-) Dra. Viviana Jeanneth Pila Avendaño, Jueza.
Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.-AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL
A: SERGIO ALEXANDER CRUZ ABAD
ACTOR: Banco Pichincha C.A
DEMANDADO: SERGIO ALEXANDER CRUZ ABAD
JUICIO: Verbal sumario
ACCION: DINERO
NRO. DE JUICIO. 17320-2010-0858
CUANTIA: $ 8.500,00
JUEZGADO VIGEMISO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Quito, 30 de julio del 2010, las 08H04.- VISTOS.- En virtud del sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al tramite Verbal Sumario.- Con la copia de la demanda y éste Auto, cítese al demandado señor SERGIO ALEXANDER CRUZ ABAD, en el lugar que se indica, mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de tungurahua, enviándole el suficiente despacho.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora, así la designación de su abogado patrocinador y la calidad que comparece la parte actora.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DR. German Del Pozo , JUEZ.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 10 de septiembre del 2018, las 15h13, Agréguese al proceso el escrito presentado. En lo principal y atenta al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la demandado señor CRUZ ABAD SEGIO ALEXANDER, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, la parte deberá adjuntar en el término de quince días las publicaciones, debidamente recortadas y adjuntas en una hoja formato A4. Cúmplase y notifíquese.- F) Dr. Carlos fuentes, Juez Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero electrónico, judicial o correo electrónico, para las notificaciones que le correspondan.
Ab. Ana Arcos
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL
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REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO
CITACION JUDICIAL A: LANDAZURI JARAMILLO CARLOS FRANCISCO
JUICIO: VERBAL SUMARIO
NUMERO: 17304-2013-0663
ACTOR: DR. ALFREDO AUGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ, PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. POR CONVERSION DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA.
DEMANDADO: LANDAZURI JARAMILLO CARLOS FRANCISCO
CUANTIA: USD. 35.000,00 (TREINTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA)
JUEZ PONENTE: VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA.
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 12 de septiembre del 2013, las 14h36. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de ésta Judicatura, mediante acción de personal No. 2922-DNP, de 25 de julio del 2012.- La demanda formulada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley en consecuencia se le dará el trámite VERBAL SUMARIO.- Cítese al demandado, señor CARLOS FRANCISCO LANDAZURI JARAMILLO en la dirección señalada para el efecto.- Para la práctica de ésta diligencia remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para recibir futuras notificaciones que le correspondan, así como también la designación y autorización conferida a su Abogado defensor.- Notifíquese.- f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 7 de septiembre del 2018, las 11h41, De oficio, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor LANDAZURI JARAMILLO CARLOS FRANCISCO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.- Notifíquese. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA.
Lo que CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para efectos de notificaciones.
Atentamente
DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
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EXTRACTO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: RAFAEL ARMANDO DÍAZ VASCO
ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A
DEMANDADO: RAFAEL ARMANDO DÍAZ VASCO
OBJETO: PAGO DE CAPITAL E INTERESES ART. 828 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTIA: $ USD 20.000,00
JUICIO: VERBAL SUMARIO NO. 17321-2014-0302
JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 21 de abril del 2014, las 14h36. VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura en virtud del sorteo realizado.- La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley.- Declarándose procedente al trámite en juicio Verbal Sumario, se manda entregar copia de la demanda inicial y el contenido de este auto al señor: RAFAEL ARMANDO DIAZ VASCO, para los respectivos fines de Ley.-Cítese al demandado en la dirección señalada para el efecto.- Agréguese los documentos acompañados.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, y la autorización conferida a su abogado defensor .- Notifíquese. f). DR. MARCO ALBAN NUÑEZ, JUEZ.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 24 de septiembre del 2018, las 13h23. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. Atendiendo el mismo, en virtud del juramento rendido, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR al demandado Rafael Armando Díaz Vasco, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, que se harán cada una ellas en fechas distintas, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto. NOTIFÍQUESE.- f) DR. SALTOS PINTO LUIS SEBASTIÁN, JUEZ
Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.-
AB. VÍCTOR GEOVANNY REYES CHULDE
SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
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REPUBLICA DEL ECUADOR.
E X T R A C T O
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A:
SAAVEDRA RUIZ MARIA CRISTINA.
ACTOR: DR. ALFREDO AGUSTÍN GRIJALVA MUÑOZ PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A.
DEMANDADO: SRA. SAAVEDRA RUIZ MARIA CRISTINA.
JUICIO: 17230-2015-20970.
TRAMITE: VERBAL SUMARIO COBRO DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE.
JUEZ: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE.
SECRETARIO: Dr. FRANCISCO JUSTICIA SALGADO.
CUANTIA: $ 30.000,oo (TREINTA MIL DÓLARES NORTE AMERICANOS)
“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PRONUNCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 17 de diciembre del 2015, las 12h45. VISTOS. AB. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO, en calidad de Jueza Ponente de la Unidad Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, según Acción de Personal No. 13244-DNTH-2015-KP, de fecha 22 de septiembre del 2015, avoco conocimiento de la presente causa.- Actúe como Secretaria de esta Unidad la Ab. Janetd Taipe Redrovan. La demanda presentada, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía VERBAL SUMARIA, prevista en los Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Con su contenido y esta providencia, CITESE a la demandada MARIA CRISTINA SAAVEDRA RUIZ, en la direccion señalada por el actor.- Agréguese al proceso los escritos presentados.- Regístrese la casilla judicial que señala el demandante para recibir sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.” Ab. Gabriela Estefanía Lemos Trujillo, Juez.
“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, viernes 23 de marzo del 2018, las 15h12, En mérito del juramento rendido por el actor, que manifiesta que “…que se han efectuado todas las diligencias necesarias como acudir a los registros de público acceso como Portal Web del Registro único de Contribuyentes del Servicio de Rentas Internas, Guía Telefónica de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Agua Potable, y Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana para tratar de ubicar al demandado, sin embargo, pese a las múltiples averiguaciones se me ha hecho imposible determinar la residencia de la demandada señora SAAVEDRA RUIZ MARIA CRISTINA…”; en tal virtud, cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al prenombrado demandado por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Actúe el Ab. Segundo Lenin Vernaza Vizcarra, en calidad de Secretario Encargado con Acción de personal No. 3876-DP17-2018-KV, por hoy 23/03/2018.- NOTIFÍQUESE.” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, Juez.
Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial.
Dr. Francisco Justicia Salgado.
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA
Hay firma y sello
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