JUICIO: 12201-2020-00098

EXTRACTO

DE CITACIÓN

JUICIO: 12201-2020-00098

TIPO DE PROCESO: JUICIO ORDINARIO

ACCIÓN: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO

ACTOR: CENA LUZI PERALTA JARAMILLO

JUEZ DE LA CAUSA: DRA. RITA SOLEDAD SILVA LAPO

SE HACE SABER LO SIGUIENTE: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CUJUS SEÑOR ANGEL NUÑEZ DELGADO

Que en esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Babahoyo, se ha presentado la demanda De DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, Signado con el N° 12201-2020-00098, propuesta por CENA LUZI PERALTA JARAMILLO, en contra de HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS del CUJUS, señor ÁNGEL RAÍL NUÑEZ DELGADO; y en mérito de lo actuado, la señora Jueza, Dra. Rita Soledad Silva Lapo, avoca conocimiento de la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, se califica y se admite a trámite con el procedimiento ORDINARIO, la misma que por ser clara, precisa, y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos, en mérito al juramento rendido por la accionante, la señora Jueza ordena se CITE POR LA PRENSA a los herede presuntos y desconocidos, de conformidad a lo que dispone el Art. 56 numeral 1, y Art. 58 del cuerpo legal enunciado anteriormente, en un diario de amplia circulación Nacional, por una sola fecha, con un extracto de la demanda y auto de calificación recaído en ella, y conforme a lo dispuesto en el Art. 291 del COGEP, se concede a los demandados el término de treinta días para que conteste la demanda, en concordancia con el Art. 151, 152 del mismo cuerpo normativo.- OBJETO DE LA DEMANDA.- La parte actora solicita en esta demanda que en sentencia mediante procedimiento ORDINARIO, se declare LA EXISTENCIA DE LA UNIÓN DE HECHO, que tenía formado desde el 30 de julio del 1994 hasta el 11 de noviembre del 2017, esto es, por espacio de 33 años, con quien en vida fue el señor ANGEL RAUL NUÑEZ DELGADO, causa que se sustanciará de acuerdo con lo establecido en el Art. 289 del Código Orgánico General de Proceso.

Particular que pongo en conocimiento para los fines de ley.

Babahoyo, 5 de marzo del 2020.

AB. BLANCA MÉNDEZ MORA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CANTON BABAHOYO-LOS RIOS

P-S/O-BA/AB.